Distribuidora de Materiales del Sur Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 2021
- Notario
- Pablo Alberto González Caamaño
- Oficio
- 9° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.488.505 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Rancagua, Sexta Región
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de quince años contados desde esta fecha, que se prorrogará, automática y sucesivamente, por períodos iguales de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en la forma y condiciones señaladas en los mismos estatutos
Objeto social
La inversión en el giro inmobiliario, la compraventa de bienes raíces, la participación como inversionista o gestor de desarrollos inmobiliarios, la prestación de asesorías vinculadas a las materias antes mencionadas y cualquier otro que los socios acuerden
Administración
La administración, uso de su razón social y representación judicial y extrajudicial corresponderá a los socios Nibaldo Marcelo Rodríguez Frazier y Pedro Chávarri del Campo, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán y obligarán con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo Alberto González Caamaño, Notario Público, Titular de la 9° Notaria de Santiago, domiciliado en Teatinos 333 entrepiso, Santiago, certifico: por escritura pública de 27 de agosto de 2021, otorgada ante el notario suplente de este oficio don Fouad Farah Salazar, los comparecientes, don Nibaldo Marcelo Rodríguez Frazier y don Pedro Chávarri del Campo, ambos domiciliados en Escrivá de Balaguer 230, comuna de Machalí, Sexta Región, modificaron sociedad Distribuidora de Materiales del Sur Limitada, (inscrita fojas 56 número 55 Reg. Comercio Rancagua 1994), como sigue: Uno) Se aprobó la división de esta sociedad, con efecto y vigencia a partir de esta fecha. Como consecuencia de esta división, continúa la actual sociedad Distribuidora de Materiales del Sur Limitada, con las reformas de estatutos que se consignan en extracto separado y se constituye a partir de esta, Inmobiliaria e Inversiones Marpe Limitada, cuyos estatutos extracto a continuación: Socios. Nibaldo Marcelo Rodríguez Frazier y Pedro Chávarri del Campo, ya individualizados. Razón Social. Inmobiliaria e Inversiones Marpe Limitada Objeto. La inversión en el giro inmobiliario, la compraventa de bienes raíces, la participación como inversionista o gestor de desarrollos inmobiliarios, la prestación de asesorías vinculadas a las materias antes mencionadas y cualquier otro que los socios acuerden. Administración. La administración, uso de su razón social y representación judicial y extrajudicial corresponderá a los socios Nibaldo Marcelo Rodríguez Frazier y Pedro Chávarri del Campo, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán y obligarán con las más amplias facultades. Capital. El capital será $6.488.505 pesos, que se da por íntegramente enterada con cargo a la parte del capital de Distribuidora de Materiales del Sur Limitada que se asigna a Inmobiliaria e Inversiones Marpe Limitada con motivo de la misma división. A cada socio le corresponde la siguiente cantidad y proporción del capital de la sociedad: /a/ Nibaldo Marcelo Rodríguez Frazier, $3.244.253 pesos, representativos del 50% del capital social; y /b/ don Pedro Chávarri del Campo $3.244.252 pesos, representativos del 50% del capital social. Duración. La sociedad tendrá una duración de quince años contados desde esta fecha, que se prorrogará, automática y sucesivamente, por períodos iguales de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en la forma y condiciones señaladas en los mismos estatutos. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Rancagua, Sexta Región, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Responsabilidad de los socios. Limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada.-