Distribuidora de Materiales del Sur Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 2021
- Notario
- Pablo Alberto González Caamaño
- Oficio
- 9° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.511.495 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Rancagua, Sexta Región
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de quince años contados desde esta fecha, que se prorrogará, automática y sucesivamente, por períodos iguales de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en la forma y condiciones señaladas en los mismos estatutos
Objeto social
Importación, comercialización y distribución de artículos de materiales de construcción, similares y derivados y cualquier otro que los socios acuerden
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a los socios Nibaldo Marcelo Rodríguez Frazier y Pedro Chávarri del Campo, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quienes actuando separada e indistintamente y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán y obligarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo Alberto González Caamaño, abogado, Notario Público, Titular de la 9° Notaria de Santiago, domiciliado en Teatinos 333 entrepiso, Santiago, certifico: por escritura pública de 27 de agosto de 2021, otorgada ante el Notario Suplente de este oficio don Fouad Farah Salazar, Nibaldo Marcelo Rodríguez Frazier y Pedro Chávarri del Campo, ambos domiciliados en Escrivá de Balaguer 230, comuna de Machalí, Sexta Región, modificaron sociedad Distribuidora de Materiales del Sur Limitada,(inscrita fojas 56 número 55 Reg. Comercio Rancagua 1994), como sigue: Uno) Se aprobó la división de esta sociedad, con efecto y vigencia a partir de esta fecha, constituyéndose a partir de esta Inmobiliaria e Inversiones Marpe Limitada, cuyos estatutos son materia de extracto separado, sin perjuicio de continuar la actual Distribuidora de Materiales del Sur Limitada; Dos) Para los efectos de la división, se disminuye el capital de Distribuidora de Materiales del Sur Limitada de la cantidad actual de $15.000.000 a $8.511.495. El monto en que se disminuye el capital, por $6.488.505, constituye el capital asignado a la nueva sociedad resultante de la división. A consecuencia de lo anterior, los comparecientes acuerdan modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales de Distribuidora de Materiales del Sur Limitada, relativos a su capital social, la que se reemplaza por la que sigue: “Quinta: Capital. El capital de la sociedad es la suma de $8.511.495, íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha con dinero efectivo, del que a cada socio le corresponde la siguiente cantidad y proporción: /a/ don Nibaldo Marcelo Rodríguez Frazier, $4.255.748, representativos del 50% del capital social; y, /b/ don Pedro Chavarri del Campo, $4.255.747, representativos del 50% del capital social. Tres) Se fijó nuevo texto de los estatutos sociales que reemplazó íntegramente a los anteriores, del que extracto lo que sigue: Socios. Nibaldo Marcelo Rodríguez Frazier y Pedro Chávarri del Campo, ya individualizados. Razón Social. Distribuidora de Materiales del Sur Limitada. Objeto. Importación, comercialización y distribución de artículos de materiales de construcción, similares y derivados y cualquier otro que los socios acuerden. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a los socios Nibaldo Marcelo Rodríguez Frazier y Pedro Chávarri del Campo, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quienes actuando separada e indistintamente y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán y obligarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $8.511.495, íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo, del que a cada socio le corresponde la siguiente cantidad y proporción: /a/ Nibaldo Marcelo Rodríguez Frazier, $4. 255.748, representativos del 50% del capital social; y, /b/ don Pedro Chávarri del Campo, $4.255.747, representativos del 50% del capital social. Duración. La sociedad tendrá una duración de quince años contados desde esta fecha, que se prorrogará, automática y sucesivamente, por períodos iguales de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en la forma y condiciones señaladas en los mismos estatutos. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Rancagua, Sexta Región, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Responsabilidad de los socios. Limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada.-