Instrumento
- Fecha
- 7 de septiembre de 2021
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULA ANDREA LUNA SÁEZ, Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 7 de septiembre de 2021, bajo el repertorio número 23.045/2021, ante la titular, don Rafael Pérez-Cotapos Ovalle, en representación de la sociedad denominada PATAGONIA ESTATE SpA, constituyó una sociedad por acciones denominada AGRÍCOLA ORTIGAS SpA. El objeto de la sociedad será: a) La adquisición, administración, arrendamiento y explotación de propiedades agrícolas, ganaderas y forestales, propias o ajenas, como también la elaboración y comercialización de toda clase de frutos y productos provenientes del agro; y b) El desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, incluyendo la adquisición de bienes raíces rurales o urbanos, su subdivisión, loteo, urbanización, enajenación y explotación en cualquier forma, ya sea a través de compraventas, arrendamientos, leasing y, en general, la ejecución de toda clase de proyectos inmobiliarios. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente, o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena. El capital de la sociedad asciende a la suma de un millón ciento once mil pesos, dividido en mil ciento once acciones nominativas y sin valor nominal se encuentra íntegramente suscrito y pagado. La administración, representación y uso del nombre o razón social, corresponderán a don Nicolás Vial Purcell, a don Santiago Claudio Rivadeneira Fernández y a don Rafael Pérez-Cotapos Ovalle, quienes actuando uno cualquiera de ellos, separada e indistintamente, contarán con las más amplias facultades. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de los mismos accionistas o de terceros. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de septiembre de 2021.