Instrumento
- Fecha
- 6 de septiembre de 2021
- Repertorio
- 1332-2021
- Notario
- GUSTAVO EDUARDO JEANNERET MARTÍNEZ
- Oficio
- Primera Notaría de Quintero
- Comuna
- Quintero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO EDUARDO JEANNERET MARTÍNEZ, Abogado, Notario Público de la Primera Notaría de Quintero, con domicilio en Avenida Normandie 2041, comuna de Quintero, certifico que mediante escritura pública de fecha 6 de septiembre de 2021, de repertorio N° 1332-2021, ante mí, don ATILIO FELIPE CRISTÓBAL HERRERA FUENTES, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número trece millones novecientos ochenta y dos mil ochocientos veintiuno guion seis; don PATRICIO ANDRES HERRERA FUENTES, chileno, soltero, gestor inmobiliario, cédula nacional de identidad número nueve millones novecientos nueve mil ochocientos setenta y cinco guion nueve; doña CARMEN FUENTES LIRA, chilena, viuda, factor de comercio, cédula nacional de identidad número cuatro millones cuatrocientos noventa y tres mil seiscientos noventa y siete guion cero, por sí y en representación, según se acreditará, de doña MARÍA CAROLINA HERRERA FUENTES, chilena, soltera, psicóloga, cédula nacional de identidad número nueve millones ochocientos ochenta y uno quinientos setenta y uno guion nueve, y, a su vez, de doña GEMA POLLYNA HERRERA FUENTES, chilena, casada bajo régimen de separación total de bienes, dueña de casa, cédula nacional de identidad número siete millones doscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos setenta guion K, todos los anteriores con domicilio en calle Luis Orione número trescientos treinta y dos, comuna de Quintero, Región de Valparaíso, en su calidad de únicos constituyentes y accionistas, y conforme lo autoriza la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, viene en sanear la inscripción tardía del extracto de la escritura de constitución de la sociedad por acciones INVERSIONES HERRERA GROUP SpA, otorgada en la Primera Notaría de Quintero y Puchuncaví de don Gustavo Eduardo Jeanneret Martínez con fecha veintiocho de enero del año dos mil veintiuno y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha primero de febrero del mismo año. Lo anterior, por no haberse inscrito el referido extracto dentro del plazo de un mes establecido en el artículo cuatrocientos veintiséis del Código de Comercio. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Quintero, a 7 de septiembre de 2021.