HOLDING INVERSIONES HIJAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de junio de 2021
- Repertorio
- 5116
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- 9° Notaría Pública de San Miguel
- Comuna
- Pública de San
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la 9° Notaría Pública de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, comuna de San Miguel, certifica que: por escritura pública de fecha 6 de junio de 2021, bajo el repertorio N° 5116, ante mí, comparecieron Ana María Barranco Giugliano, avda. Tabancura 1050, depto. 902, Vitacura; María Verónica Barranco Giugliano, Condominio El Algarrobal II, casa W 3, Colina; y María Eugenia Barranco Giugliano, Rosa Serrano de Ruiz Tagle, Parcela Z 65, Colina; quienes modificaron HOLDING INVERSIONES HIJAS LIMITADA, inscrita a fojas 73.982, N° 51.437 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al 2012, en el siguiente sentido: /A/ Ana María Barranco Giugliano, con el expreso consentimiento de las restantes socias, María Eugenia y María Verónica, ambas Barranco Giugliano, se retiró de la sociedad con efecto a contar de la fecha de la escritura extractada. Como consecuencia de dicho retiro, se disminuyó el capital social, desde la suma de $3.000.000 a la suma de $2.000.000. /B/ Modificación de estatutos sociales. Como consecuencia del retiro de la referida socia y disminución de capital, las únicas y actuales socias acordaron (i) sustituir el Artículo 4° de los estatutos sociales por el siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, que las socias han aportado íntegramente en la siguiente forma y proporciones: (a) María Verónica Barranco Giugliano, ha aportado la suma de $1.000.000, equivalente al 50% de los derechos sociales; y (b) María Eugenia Barranco Giugliano, ha aportado la suma de $1.000.000, equivalente al 50% de los derechos sociales.” y (ii) modificar la administración en el sentido de establecer que la administración y el uso de la razón social corresponderá a doña Ana María Giugliano Grandal, y ante su fallecimiento o ausencia, la representación de la sociedad, y el uso de su razón social, corresponderá a María Verónica Barranco Guigliano, y a María Eugenia Barranco Guigliano, debiendo actuar conjuntamente. Otras modificaciones a los estatutos no son materias de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 10 de septiembre de 2021.-