MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

FOREST SERVICE BROTHERS SpA

RUT 77047715-8 CVE 2010995
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de mayo de 2019

Instrumento

Fecha
31 de mayo de 2019
Repertorio
3121-2019
Notario
JULIO ABASOLO ARAVENA
Oficio
Segunda Notaría y Conservador de Minas de Antofagasta

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO ABASOLO ARAVENA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría y Conservador de Minas de Antofagasta, con oficio en esta ciudad, calle Washington número 2.653, de la comuna de Antofagasta, certifico: Con fecha 14 de septiembre de 2021, ante mí, don Manuel Andrés Astudillo Pavez, chileno, casado, separado de bienes, empresario, cédula de identidad Nº8.704.651-6, y don Pablo Esteban Astudillo Pavez, chileno, divorciado, empresario, cédula de identidad Nº13.468.394-5, ambos en representación de la sociedad ATACAMA INVERSIONES LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario Nº 77.038.962-3, todos domiciliados en calle José Manuel Balmaceda Nº 2472, oficina 182, de la comuna de Antofagasta, en virtud de lo dispuesto en el artículo 427 del Código de Comercio, vienen en modificar la sociedad “FOREST SERVICE BROTHERS SpA”, nombre de fantasía “FOREST SERVICE SpA rol único tributario Nº77.047.715-8, constituida por escritura pública fecha 31 de mayo de 2019, ante el notario público de Antofagasta don Julio Alejandro Abasolo Aravena, repertorio Nº3.121-2019, cuyo extracto se inscribió a fojas 631 vta. Nº 405 del Registro de Comercio del año 2019, del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, y se publicó en el Modificaciones consisten: 1) Se sustituye el artículo octavo que dirá: Artículo Octavo. La sociedad será administrada y representada por un administrador elegido por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador ser o no accionista”. 2) Se sustituye el encabezado párrafo primero del artículo noveno del estatuto por el que sigue: “Artículo Noveno: El administrador actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos o contratos”. 3) Se sustituye el artículo segundo transitorio por el siguiente: Artículo Segundo Transitorio: Se designa administrador de la sociedad mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento a don Manuel Andrés Astudillo Pavez, cédula de identidad ocho millones setecientos cuatro mil seiscientos cincuenta y uno guión seis, quien gozará de todas las facultades señaladas en el presente estatuto, especialmente aquellas señaladas en el artículo noveno”. Del mismo modo, se modifican los artículos séptimo, décimo primero, décimo segundo, décimo tercero, décimo séptimo, décimo noveno, vigésimo segundo, trigésimo, eliminado la referencia a “los administradores”, sustituyendo esta frase por: “el administrador”; y se derogan los artículos cuarto, quinto y sexto transitorio del estatuto social.Demás estipulaciones en escritura extractada. Antofagasta, 14 de septiembre de 2021.