CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DR. PATRICIO ARAVENA Y LIDIA CALDERÓN COMPAÑÍA LIMITADA

CVE 2011306
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de noviembre de 2011
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de noviembre de 2011
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
1 año, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo algún socio manifestare voluntad de ponerle término forma establecida en pacto social

Objeto social

La prestación de servicios profesionales médicos, quirúrgicos, cirugías y transplantes, medicina en general, tratamientos, diagnósticos, prevención, curación de afecciones, aplicación de tratamientos clínicos, intervenciones menores, y, en general, toda clase de actividades médicas del área, tanto en clínicas, como en el domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar de organismos de sector público o privado y todas las demás prestaciones que los socios acuerden en relación con la actividad profesional médica y de salud. De común acuerdo los socios podrán, además, realizar cualquiera otra actividad, principalmente la adquisición de instrumental y equipos médicos y de asesoría técnica o profesional, directa o indirectamente relacionada con el objeto principal antes enunciado

Administración

Corresponderá a Patricio Herman Domingo Aravena Pérez, quien la ejercerá por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social. El socio administrador, actuando en forma individual y separada, ya sea por sí o por medio de los apoderados, representará a la sociedad con amplias facultades establecidas pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Titular 15ª Notaría Santiago, Santa Magdalena 98, Providencia, certifico: Por escritura pública fecha 25-11-2011, ante mí Suplente Alfredo Antonio Vidueira Meneses, LIDIA ANDREA HERMOSINDA CALDERÓN GONZÁLEZ y PATRICIO HERMAN DOMINGO ARAVENA PÉREZ, ambos domiciliados Los Abetos Sur Nº 1047, Dpto. 102, Vitacura, Santiago; constituyeron Sociedad Responsabilidad Limitada al monto de sus aportes. RAZÓN SOCIAL: “DR. PATRICIO ARAVENA Y LIDIA CALDERÓN COMPAÑÍA LIMITADA” pudiendo usar nombre fantasía “Dr. Aravena y Calderón Ltda.”. OBJETO: La prestación de servicios profesionales médicos, quirúrgicos, cirugías y transplantes, medicina en general, tratamientos, diagnósticos, prevención, curación de afecciones, aplicación de tratamientos clínicos, intervenciones menores, y, en general, toda clase de actividades médicas del área, tanto en clínicas, como en el domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar de organismos de sector público o privado y todas las demás prestaciones que los socios acuerden en relación con la actividad profesional médica y de salud. De común acuerdo los socios podrán, además, realizar cualquiera otra actividad, principalmente la adquisición de instrumental y equipos médicos y de asesoría técnica o profesional, directa o indirectamente relacionada con el objeto principal antes enunciado. ADMINISTRACIÓN: Corresponderá a Patricio Herman Domingo Aravena Pérez, quien la ejercerá por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social. El socio administrador, actuando en forma individual y separada, ya sea por sí o por medio de los apoderados, representará a la sociedad con amplias facultades establecidas pacto social. CAPITAL: $1.000.000.-, que socios se obligan a aportar y pagar siguiente forma: a) Lidia Andrea Hermosinda Calderón González se obliga a enterar el equivalente al 90% total capital social, mediante el aporte de $900.000.-, que enterará y pagará a la caja social en dinero efectivo, a más tardar dentro del plazo de 3 años a contar esta fecha de acuerdo a necesidades sociales; y b) Patricio Herman Domingo Aravena Pérez, se obliga a enterar el equivalente al 10% total capital social, mediante el aporte de $100.000.-, que enterará y pagará a la caja social en dinero efectivo, a más tardar dentro del plazo de 3 años a contar esta fecha, de acuerdo a necesidades sociales. DURACIÓN: 1 año, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo algún socio manifestare voluntad de ponerle término forma establecida en pacto social. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio sucursales o agencias que establezca resto del país o el extranjero. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 05 de Diciembre de 2011.