MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VIBRO SUR HORMIGONES PREFABRICADOS LIMITADA

RUT 76181430-3 CVE 2010766
Fecha instrumento
20 de julio de 2021
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
20 de julio de 2021
Repertorio
4006
Notario
JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD
Oficio
Tercera Notaria de Chillán
Comuna
Chillán

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Chillán, Provincia de Ñuble, con oficio en calle Arauco, número seiscientos veinte (620); CERTIFICO: que por Escritura Pública de fecha 20/07/2021, Repertorio Nº 4006, otorgada ante Mí: don ROLANDO PATRICIO ESPINOZA MOLINA, domiciliado en calle Flores Millán, número 1871, condominio monte piedra, casa 41, Ciudad de Chillán, don PATRICIO ROLANDO ESPINOZA MARTINEZ, domiciliado en calle Bulnes, número 853, Ciudad de Chillán, don MATIAS SEBASTIAN ESPINOZA FIGUEROA, domiciliado en Vicente Méndez, número 419, condominio mirador oriente, departamento 127, de la Comuna y Ciudad de Chillán y CONSTANZA DEL ROSARIO ESPINOZA FIGUEROA, domiciliada en Flores Millán, número 1871, condominio monte piedra, casa 41, Ciudad de Chillán, exponen: UNO) Por escritura pública de fecha 21 septiembre de dos mil cuatro (2004) otorgada ante la Notario Público de Chillán don JOAQUIN TEJOS HENRIQUEZ, don ROLANDO PATRICIO ESPINOZA MOLINA y don MANUEL ALEJANDRO VASQUEZ MORAGA, constituyeron la sociedad VIBRO SUR HORMIGONES PREFABRICADOS LIMITADA o VIBRO SUR LTDA., Rut número setenta y seis millones ciento ochenta y un mil cuatrocientos treinta guion tres, Capital inicial tres millones de pesos, la que fue inscrita a fojas 340 con el número 373 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año dos mil cuatro (2004). El extracto fue publicado en el Diario oficial de fecha 16 de octubre del año dos mil cuatro (2004). DOS) La citada sociedad ha sufrido las siguientes modificaciones: a) Escritura pública de fecha treinta y uno de enero del dos mil ocho, suscrita ante el Notario Público de Chillán don JOAQUIN TEJOS HENRIQUEZ, inscrita en extracto de modificación a fojas 114, número 101 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año dos mil ocho (2008); b) Escritura pública de fecha diecisiete (17) de marzo del año dos mil dieciséis (2016), suscrita ante el Notario Público de Chillán don JAVIER AYBER LOZANO, inscrita en extracto de modificación a fojas 232, número 170 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, del año dos mil dieciséis (2016). Por el presente acto, los comparecientes vienen en modificar la sociedad individualizada en esta escritura, en los siguientes términos: El socio ROLANDO PATRICIO ESPINOZA MOLINA, viene en vender, ceder y transferir parte sus derechos sociales, equivalentes al catorce por ciento (14%) a don MATIAS SEBASTIAN ESPINOZA FIGUEROA, quien compra y adquiere para sí en la suma de $12.000.000. De la misma manera el socio ROLANDO PATRICIO ESPINOZA MOLINA, viene en vender, ceder y transferir parte sus derechos sociales, equivalentes al quince por ciento (15%) a PATRICIO ROLANDO ESPINOZA MARTINEZ, quien compra y adquiere para sí en la suma de $15.000.000. De la misma manera el socio ROLANDO PATRICIO ESPINOZA MOLINA, viene en vender, ceder y transferir parte sus derechos sociales, equivalentes al quince por ciento (15%) a CONSTANZA DEL ROSARIO ESPINOZA FIGUEROA, quien compra y adquiere para sí en la suma de $15.000.000. Como consecuencia de esta modificación quedan como actuales y únicos socios de la sociedad VIBRO SUR HORMIGONES PREFABRICADOS LIMITADA: Don ROLANDO PATRICIO ESPINOZA MOLINA quien queda dueño del cincuenta y cinco por ciento (55%) de los derechos sociales, don MATIAS SEBASTIAN ESPINOZA FIGUEROA, queda dueño del quince por ciento (15 %) de los derechos sociales, don PATRICIO ROLANDO ESPINOZA MARTINEZ, queda dueño del quince por ciento (15 %) de los derechos sociales, doña CONSTANZA DEL ROSARIO ESPINOZA FIGUEROA, queda dueña del quince por ciento (15 %) de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Doy fe.