MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AUTOMOTRIZ VILCUN LIMITADA

RUT 77945390-1 CVE 2010296
Fecha instrumento
13 de septiembre de 2021

Instrumento

Fecha
13 de septiembre de 2021
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha ocho de Septiembre de dos mil veintiuno, ante mí, don ALVARO ALEJANDRO SAN JUAN HORLACHER, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número ocho millones ochocientos cincuenta mil trescientos veinticinco guion dos, y doña GABRIELA MARTA ALICIA GATICA TORRES, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número nueve millones cuatrocientos sesenta y seis mil setecientos treinta y cuatro guion ocho, ambos domiciliados para estos efectos en calle Hochstetter número ciento ochenta y cinco departamento cuatrocientos cuatro de la ciudad y comuna de Temuco, ésta última como “cedente” y doña GABRIELA FRANCISCA SAN JUAN GATICA, chilena, soltera, kinesióloga, cédula de identidad número dieciocho millones setecientos veinte mil seiscientos setenta y dos guion tres domiciliada en calle Hochstetter número ciento ochenta y cinco departamento cuatrocientos cuatro de la ciudad y comuna de Temuco, como “cesionaria y adquirente”, expusieron: Que por escritura pública de fecha nueve de mayo de dos mil tres, otorgada en la notaría de Temuco de don Humberto Toro Martínez- Conde, don ALVARO ALEJANDRO SAN JUAN HORLACHER y doña GABRIELA MARTA ALICIA GATICA TORRES, constituyeron la SOCIEDAD AUTOMOTRIZ VILCUN LIMITADA, Rol Unico Tributario número setenta y siete millones novecientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa guion uno, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial en su edición número treinta y siete mil quinientos sesenta y nueve de fecha veintiocho de mayo de dos mil tres y fue inscrito a fojas trescientos sesenta y ocho número trescientos treinta y siete de fecha cinco de junio del año dos mil tres, en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, trasladada su inscripción al Segundo Conservador de bienes Raíces de Temuco, inscrita en el registro de comercio a fojas cincuenta y cuatro número cuarenta y siete del año dos mil diez. Modificada ante notario público de la ciudad de Temuco don Humberto Toro Martínez-Conde con fecha diez de Julio del año dos mil doce, anotada en el repertorio de instrumentos públicos bajo el número tres mil ochenta y seis del mismo año, publicada en la edición del Diario Oficial número cuarenta mil trescientos quince del diecinueve de Julio del año dos mil doce, inscrita en registro de comercio del Segundo Conservador de bienes raíces de Temuco a fojas ochenta y nueve número setenta del año dos mil doce. Modificación en cuanto al capital social, en el sentido que el socio don ALVARO ALEJANDRO SANJUAN HORLACHER, aportó la suma de nueve millones novecientos mil pesos al contado y en dinero efectivo los cuales se ingresaron a la caja social, cuya suma equivale al noventa y nueve por ciento del capital social y doña GABRIELA MARTA ALICIA GATICA TORRES, aportó la suma de cien mil pesos al contado en dinero efectivo, ingresados a la caja social, equivalentes al uno por ciento del capital social. PRESENTE MODIFICACION: Por instrumento extractado, doña GABRIELA MARTA ALICIA GATICA TORRES, vende, cede y transfiere a doña GABRIELA FRANCISCA SAN JUAN GATICA, quien acepta y adquiere para sí, el cien por ciento de la totalidad de su interés en la sociedad, equivalente a un uno por ciento de participación en el capital social. El precio de esta cesión es la suma de cien mil pesos, que doña GABRIELA FRANCISCA SAN JUAN GATICA, paga al cedente de contado y en dinero efectivo en acto escritura a entera satisfacción y conformidad del cedente. En consecuencia, serán, desde este momento, únicos socios de la Sociedad don ALVARO ALEJANDRO SAN JUAN HORLACHER, con el noventa y nueve por ciento en el capital social y doña GABRIELA FRANCISCA SAN JUAN GATICA con un uno por ciento en el capital social. ADMINISTRACIÓN Por instrumento extractado los socios don ALVARO ALEJANDRO SAN JUAN HORLACHER y doña, GABRIELA FRANCISCA SAN JUAN GATICA vienen en ratificar lo expresado en la cláusula cuarta del pacto social en el sentido que la administración, representación, uso de la razón social, corresponderá a don ALVARO ALEJANDRO SAN JUAN HORLACHER, quien anteponiendo a la razón social su firma, tendrá todas y cada una de las facultades y limitaciones descritas en la misma cláusula del pacto social. Modificación: Las partes vienen en señalar que por medio de este instrumento vienen en modificar lo expresado en la cláusula sexta del pacto social en el sentido que las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, es decir un noventa y nueve por ciento para el socio don Alvaro Alejandro San Juan Horlacher y un uno por ciento para la socia Gabriela Francisca San Juan Gatica. En todo lo demás seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 13 de Septiembre de 2021.