INVERSIONES PEÑAFLOR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de agosto de 2021
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- 5 años, desde la fecha de la escritura social, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, de acuerdo a la escritura social
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
Capital: El capital de la sociedad será la suma de 2742 Unidades de Fomento, que es aportado por los socios de la siguiente manera: MICHAEL CRISTIAN SUÁREZ PARDO aporta 1371 Unidades de Fomento, equivalentes a un 50% del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular 38ª Notaría Santiago, con oficio en calle Miraflores N°178, 5° piso, Santiago, Región Metropolitana, certifica que por escritura pública de fecha 30 de Agosto de 2021, otorgada ante mi suplente, Verónica Isabel Gonzalez Davila, don MICHAEL CRISTIAN SUÁREZ PARDO, domiciliado en Francisco Hidalgo número doscientos veinticuatro, Casa número sesenta y ocho comuna de Peñaflor Región Metropolitana y doña DÉVORA CONSTANZA LAGOS RAPIMÁN, domiciliada en Francisco Hidalgo número doscientos veinticuatro, Casa número sesenta y ocho comuna de Peñaflor, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, en adelante la “Sociedad”: Nombre: “INVERSIONES PEÑAFLOR LIMITADA”; Administración, Representación y Uso de la Razón Social: Corresponderá a ambos socios conjuntamente, los que actuando de esa manera y anteponiendo su firma a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración. Capital: El capital de la sociedad será la suma de 2742 Unidades de Fomento, que es aportado por los socios de la siguiente manera: MICHAEL CRISTIAN SUÁREZ PARDO aporta 1371 Unidades de Fomento, equivalentes a un 50% del capital social. DÉVORA CONSTANZA LAGOS RAPIMÁN aporta 1371 Unidades de Fomento, equivalentes a un 50% del capital social. Los referidos montos son enterados por los socios transfiriendo en dominio a la sociedad, el cincuenta por ciento de los derechos de propiedad de cada uno de ellos es dueño en el inmueble que se singulariza en escritura extractada, quedando así íntegramente pagado el capital social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) Comercializar toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, para lo cual podrá comprar, adquirir, permutar, vender, ceder, enajenar, arrendar y en general ejecutar cualquier acto para llevar a cabo la intermediación comercial de dichos bienes o derechos; b) La importación o exportación de toda clases de bienes muebles; c) Desarrollar cualquier otra actividad que los socios estimen conveniente. Duración: 5 años, desde la fecha de la escritura social, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, de acuerdo a la escritura social. Domicilio: Ciudad de Santiago. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de Septiembre de 2021.