CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

El Alerce II SpA

CVE 2010767
Capital
$78.597.698 CLP
Fecha instrumento
23 de agosto de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
23 de agosto de 2021
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$78.597.698 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La prestación de todo tipo de asesorías, planificaciones, consultorías y servicios en materias relacionadas con servicios de ingeniería, administración, finanzas, comercio, diseño, fotografía, y otras materias similares; b) Invertir o administrar inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y en general, en toda clase de valores, ya sea para fines de inversión y)o renta, para lo cual la sociedad podrá adquirir, enajenar, arrendar y administrar, a cualquier título, bienes raíces o muebles, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones, derechos sociales y títulos en general, cualquiera sea su naturaleza; c) Participar como socia en otras sociedades, cualquier sea su giro o naturaleza jurídica, efectuar aportes en ellas y administrarlas; y d) En general, efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos y)o ejecutar todos los actos que sean convenientes o necesarios para cumplir el objetivo social o que se relacionen con el giro principal de los negocios señalados o que lo complementen, directa o indirectamente

Administración

La sociedad será administrada por uno o más apoderados, los que serán designados por escritura pública suscrita por la totalidad de los accionistas, o por junta de accionistas con el voto favorable de la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto de la sociedad, la que deberá reducirse a escritura pública

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: por escritura pública de fecha 23 de agosto de 2021, ante mí, INVERSIONES EL ALERCE SpA y REFRAME SpA constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Nombre: EL ALERCE II SpA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero, previa autorización de los organismos competentes. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de todo tipo de asesorías, planificaciones, consultorías y servicios en materias relacionadas con servicios de ingeniería, administración, finanzas, comercio, diseño, fotografía, y otras materias similares; b) Invertir o administrar inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y en general, en toda clase de valores, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la sociedad podrá adquirir, enajenar, arrendar y administrar, a cualquier título, bienes raíces o muebles, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones, derechos sociales y títulos en general, cualquiera sea su naturaleza; c) Participar como socia en otras sociedades, cualquier sea su giro o naturaleza jurídica, efectuar aportes en ellas y administrarlas; y d) En general, efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos y/o ejecutar todos los actos que sean convenientes o necesarios para cumplir el objetivo social o que se relacionen con el giro principal de los negocios señalados o que lo complementen, directa o indirectamente. Capital: $78.597.698.- y se divide y representa en 78.597.698 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Administración. La sociedad será administrada por uno o más apoderados, los que serán designados por escritura pública suscrita por la totalidad de los accionistas, o por junta de accionistas con el voto favorable de la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto de la sociedad, la que deberá reducirse a escritura pública. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de septiembre de 2021.-