MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MEDISERVI LIMITADA

RUT 76110237-0 CVE 2009717
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
6 de septiembre de 2021

Instrumento

Fecha
6 de septiembre de 2021

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, suplente del titular Félix Jara Cadot, certifica: por escritura pública hoy ante mí: PATRICIA ALEJANDRA PARRAGUEZ ARAVENA, con domicilio en Villa del monte poniente cuatro mil cuatrocientos setenta, Faldeos de la Viña, comuna de Puente Alto, de paso en ésta, BERNARDA DE LAS MERCEDES POZO ZÚÑIGA, con domicilio en calle Nueva María Angelica número seis mil doscientos once , sector Alto Macúl, comuna de La Florida, y FELIPE ANDRÉS PÉREZ POZO, con domicilio en calle Nueva María Angelica número seis mil doscientos once , sector Alto Macúl, comuna de La Florida. PATRICIA ALEJANDRA PARRAGUEZ ARAVENA y BERNARDA DE LAS MERCEDES POZO ZÚÑIGA, son dueñas en forma absoluta y exclusiva, de la totalidad de los derechos que les corresponden de la sociedad “MEDISERVI LIMITADA, en razón de un UNO por ciento para la primera, participación que equivale a un monto de diez mil pesos del capital social y de un NOVENTA Y NUEVE por ciento para la segunda, participación que equivale a novecientos noventa mil pesos del capital social, totalizando entonces un capital social total de $1.000.000, constituida con fecha cinco de agosto de dos mil diez, por medio de escritura pública otorgada ante don Felix Jara Cadot , inscrita a FOJAS 40.327 NÚMERO 27.904 correspondiente al Registro Comercio del CBR de Santiago del AÑO 2010. Por el presente instrumento doña PATRICIA ALEJANDRA PARRAGUEZ ARAVENA vende, cede y transfiere el total de su participación en la sociedad la que corresponde al UNO POR CIENTO del capital social, de la siguiente forma: A) A don FELIPE ANDRÉS PÉREZ POZO, el cincuenta por ciento de sus derechos en la sociedad “ MEDISERVI LIMITADA” que equivalen a un cero coma cinco por ciento del capital social , quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $110.000, que el cesionario paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último haberlos recibido, a su entera conformidad. B) A doña BERNARDA DE LAS MERCEDES POZO ZÚÑIGA el cincuenta por ciento de sus derechos en la sociedad “MEDISERVI LIMITADA” que equivalen a un cero coma cinco por ciento del capital social , quien los compra , acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $110.000, que el cesionario paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último haberlos recibido, a su entera conformidad. -Así mismo, en este acto doña BERNARDA DE LAS MERCEDES POZO ZÚÑIGA vende, cede y transfiere de su participación en la sociedad a don FELIPE ANDRÉS PÉREZ POZO. El precio de la cesión es la suma de $10.000.000, que el cesionario paga de acuerdo a como se indica a continuación: UNO) con un monto de SEISCIENTOS MIL PESOS que paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último haberlos recibido, a su entera conformidad.- DOS) Con la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, que pagará a la cedente en un plazo de cinco años a contar de esta fecha, con cargo a las utilidades que le correspondan en los ejercicios tributarios siguientes a esta fecha.- Las partes renuncian expresamente al ejercicio de las acciones resolutorias que pudieren corresponderles. De esta manera se retira de la sociedad doña PATRICIA ALEJANDRA PARRAGUEZ ARAVENA e ingresa como nuevo socio don FELIPE ANDRÉS PÉREZ POZO. En consecuencia, la sociedad empresa “MEDISERVI LIMITADA”, queda conformada por los siguientes socios: doña BERNARDA DE LAS MERCEDES POZO ZÚÑIGA con un cincuenta por ciento del capital social y don FELIPE ANDRÉS PÉREZ POZO, con el restante cincuenta por ciento del capital social. Actuales socios vienen en modificar el pacto social constitutivo en cuanto a LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD de acuerdo a como sigue: Que, a contar de esta fecha , y por medio de este instrumento, se acuerda que la administración y el uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a doña BERNARDA DE LAS MERCEDES POZO ZÚÑIGA y/o a don FELIPE ANDRÉS PÉREZ POZO quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades señaladas em escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 06 de septiembre de 2021.