GOMEZ Y GOMEZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2018
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Luis Sáiz del Campo, con oficio en Av. Recoleta, Santiago, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, don CARLOS RAYNER GOMEZ MAMANI, boliviano, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjeros número veintitrés millones cuatrocientos veintidós mil ochocientos guion cinco, domiciliado en calle Alberto Figueroa, número cuatrocientos setenta, comuna de Recoleta, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; doña ANAÍ SOLEDAD GOMEZ YUJRA, boliviana, soltera, independiente, cédula de identidad para extranjeros número veinticuatro millones setecientos noventa y siete mil setecientos cincuenta y ocho guion nueve, domiciliado en calle Alberto Figueroa, número cuatrocientos setenta, comuna de Recoleta, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, modifican “GOMEZ Y GOMEZ SPA”, Rol único Tributario número 76.835.041-8, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 4973, número 2784 del año 2018 y se publicó en el diario oficial con fecha 25 enero 2018. La modificación consiste en que, por compraventa de acciones que da cuenta la escritura extractada, el único y actual accionista de la sociedad es doña ANAÍ SOLEDAD GOMEZ YUJRA Además se aumenta el capital social o capital estatutario en la suma de $5.000.000.- (cinco millones de pesos) que será dividido en 20 (veinte) acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, quedando doña ANAÍ SOLEDAD GOMEZ YUJRA, como titular de las veinte acciones íntegramente suscritas y pagadas, equivalentes al 100% del capital social. Se acuerda modificar la ARTÍCULO QUINTO del pacto social, en los siguientes términos: “El capital de la Sociedad es la cantidad de $5.000.000 (cinco millones de pesos) dividido en 20 (veinte) acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y de igual valor cada una. El capital de la Sociedad es aportado de la siguiente manera; doña ANAÍ SOLEDAD GOMEZ YUJRA aporta al capital social la suma de $5.000.000 (cinco millones de pesos), con lo que sus derechos son equivalentes al 100% (cien por ciento) del capital social. El capital de la Sociedad se suscribe y paga íntegramente de conformidad al artículo primero transitorio de los Estatutos, en razón de lo anterior, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado”.- Del mismo modo, modifican. EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO del pacto social, en los siguientes términos: “Suscripción y Pago del Capital. El capital social, ascendente a $5.000.000 (cinco millones de pesos), dividido en 20 (veinte) acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, se suscriben íntegramente por el único socio doña ANAÍ SOLEDAD GOMEZ YUJRA quien paga y suscribe en este acto, al contado y en dinero efectivo” Del mismo modo y de común acuerdo, vienen en modificar el ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO, modificándolo y quedando su tenor en los siguientes términos: “Designación de Administradores. Los Administradores de la Sociedad serán doña ANAÍ SOLEDAD GOMEZ YUJRA, ya individualizado, que podrá actuar en representación de la sociedad, y quien tendrán las facultades indicadas en el artículo séptimo de los Estatutos de la Sociedad”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de septiembre del 2021.