Instrumento
- Fecha
- 1 de septiembre de 2021
- Notario
- R. ALFREDO MARTIN ILLANES
- Oficio
- 15ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- será la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la escritura que extracto y tendrá una duración de tres años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, si ninguna de las socias manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, lo cual deberá realizarse mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, a lo menos seis meses antes del fin del respectivo período. Asimismo, y dentro del mismo lapso, la socia de que se trate deberá comunicar su voluntad a su consocia mediante carta notarial con aviso de recepción
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la prestación de servicios de capacitación en salud mental y otras temáticas afines, atenciones psicológicas y otras intervenciones terapéuticas, y la impartición de charlas y talleres ya sea por intermedio de sus socias, o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separadamente a cada uno de las socias Trinidad Laura Romero Fernández y María José Fernández Piza, indistintamente, quienes representarán a la sociedad con amplias facultades indicadas en escritura. Las socias limitan responsabilidad hasta monto de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalR. ALFREDO MARTIN ILLANES, Abogado, Notario Público Titular de la 15ª Notaría de Santiago, con oficio en Mardoqueo Fernández 201, oficina 101 y 102, Providencia, certifico: por escritura de hoy otorgada ante mí, TRINIDAD LAURA ROMERO FERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ciento setenta y cinco mil trescientos sesenta y dos guión siete, domiciliada en Camino Al Volcán cinco mil setecientos ochenta y dos, El canelo, San José de Maipo, Región Metropolitana y de paso en ésta; y doña MARÍA JOSÉ FERNÁNDEZ PIZA, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos cuarenta y un mil novecientos cuarenta y uno guión cero, domiciliada en Camino del Cerro treinta y siete mil doscientos treinta y nueve, comuna de San José de Maipo, Región Metropolitana y de paso en ésta, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: “AGUA DEL MAQUI LIMITADA” pudiendo actuar además en toda clase de actos y contratos y ante cualquier persona natural o jurídica, instituciones públicas, privadas y financieras, incluidos los bancos nacionales o extranjeros, con el nombre de fantasía "AGUA DEL MAQUI LTDA.". Domicilio: será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que se establezcan en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la prestación de servicios de capacitación en salud mental y otras temáticas afines, atenciones psicológicas y otras intervenciones terapéuticas, y la impartición de charlas y talleres ya sea por intermedio de sus socias, o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios. Duración: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la escritura que extracto y tendrá una duración de tres años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, si ninguna de las socias manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, lo cual deberá realizarse mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, a lo menos seis meses antes del fin del respectivo período. Asimismo, y dentro del mismo lapso, la socia de que se trate deberá comunicar su voluntad a su consocia mediante carta notarial con aviso de recepción. Sin perjuicio de lo anterior, las socias podrán poner término al presente contrato, de común acuerdo, en cualquier tiempo. Capital: El capital social de la sociedad es la suma de $1.000.000 que las socias aportan de la siguiente forma: a) Trinidad Laura Romero Fernández aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del haber social, en dinero efectivo que ha ingresado a la caja social; y b) María José Fernández Piza aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del haber social, en dinero efectivo que ha ingresado a la caja social. Administración y Representación: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separadamente a cada uno de las socias Trinidad Laura Romero Fernández y María José Fernández Piza, indistintamente, quienes representarán a la sociedad con amplias facultades indicadas en escritura. Las socias limitan responsabilidad hasta monto de aportes. Demás estipulaciones en escritura social. Santiago, 1 de septiembre de 2021.