Instrumento
- Repertorio
- 1162-2021
- Notario
- PATRICIA ELIANA ALVEAR ASTORGA
- Domicilio
- Titular de San Miguel doña ESMERALDA LUZ MUÑOZ IGLESIAS
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- En la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Instalaciones Eléctricas, Instalaciones de Gasfitería, calefacción y aire acondicionado; Fabricación de componentes y tableros electrónicos; Reparación de equipos eléctricos; Reparación de otros tipos de equipo; Servicios de Seguridad privada prestados por empresas; Actividades de Servicios de Sistemas de Seguridad (incluye servicios de cerrajería). Asimismo: Actividades de consultoría de informática y de gestión de instalaciones; Venta al por menor de artículos de ferretería y materiales de construcción; Otras actividades especializadas de construcción; Otras actividades de ventas por menor no realizadas en comercios, puestos de venta o mercados N.C.P; Otras actividades de venta al por menos en comercios no especificados N.C.P. Todos éstos para realizar su objeto o cualquier otra actividad relacionada con él, que los accionistas que representen la mayoría de las acciones, acuerden, la sociedad podrá constituir sociedades, asociarse a otra o representarla. Uso de la razón social, administración y
Administración
Hugo Esteban Arias Inostroza, con facultades amplias, según se indica en escritura pública de constitución
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA ELIANA ALVEAR ASTORGA, Notario Público Suplente de la Titular de San Miguel doña ESMERALDA LUZ MUÑOZ IGLESIAS, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°12.536, Comuna de El Bosque, certifico: Que Por escritura pública repertorio N° 1.162-2.021, el dia de hoy, ante mí, don HUGO ESTEBAN ARIAS INOSTROZA, empresario, C.I. N° 14.394.579-0, con domicilio en Avenida Eliodoro Yáñez N°2035, en la comuna de San Bernardo, Región Metropolitana; y don RAUL ALEXIS TOLEDO GUTIÉRREZ, trabajador dependiente, C.I. N°17.765.011-0, con domicilio en Cerro Puquintica N°70, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad por Acciones. Nombre: “TSSI SpA”, nombre de fantasía es “TSSI SpA”. Domicilio: En la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que pudieren los socios establecer en el resto del país o en el extranjero. Objeto: Instalaciones Eléctricas, Instalaciones de Gasfitería, calefacción y aire acondicionado; Fabricación de componentes y tableros electrónicos; Reparación de equipos eléctricos; Reparación de otros tipos de equipo; Servicios de Seguridad privada prestados por empresas; Actividades de Servicios de Sistemas de Seguridad (incluye servicios de cerrajería). Asimismo: Actividades de consultoría de informática y de gestión de instalaciones; Venta al por menor de artículos de ferretería y materiales de construcción; Otras actividades especializadas de construcción; Otras actividades de ventas por menor no realizadas en comercios, puestos de venta o mercados N.C.P; Otras actividades de venta al por menos en comercios no especificados N.C.P. Todos éstos para realizar su objeto o cualquier otra actividad relacionada con él, que los accionistas que representen la mayoría de las acciones, acuerden, la sociedad podrá constituir sociedades, asociarse a otra o representarla. Uso de la razón social, administración y representación: Hugo Esteban Arias Inostroza, con facultades amplias, según se indica en escritura pública de constitución. Capital: $2.000.000, equivalente a 4.000 acciones, el que se aporta de la siguiente manera: 1) HUGO ESTEBAN ARIAS INOSTROZA, aporta un $1.400.000, equivalentes a 2.800 acciones; y 2) don RAUL ALEXIS TOLEDO GUTIERREZ, aporta $600.000, equivalentes a 1200 acciones. El capital queda totalmente suscrito y pagado, en dinero efectivo y al contado, enterando los $2.000.000 quedando este dinero en la caja social. Plazo o duración: La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá una vigencia o duración indefinida. Responsabilidad: Los accionistas limitan expresamente su responsabilidad personal en los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de Septiembre de 2.021.