INVERSIONES Y RENTAS LIGURIA SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de agosto de 2021
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- Notaría de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $156.470.130 CLP
- Domicilio
- El domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas provenientes de la inversión de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, y cualquier otra actividad o negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, comuna de San Miguel certifica: Que por escritura pública de fecha 11 de agosto de 2021, otorgada en esta notaria y anotada bajo el repertorio número 4523, don JUAN BAUTISTA CUNEO SOLARI, cédula nacional de identidad número 3.066.418-3; doña PAOLA ALESSANDRA CUNEO QUEIROLO, cédula nacional de identidad número 8.506.868-7; doña MARÍA JOANNA VICTORIA QUEIROLO BOTTA, cédula nacional de identidad número 3.981.917-1; doña GIORGIANNA MARIA CUNEO QUEIROLO, cédula nacional de identidad número 9.667.948-3; la sociedad INVERSIONES SAN PEDRO SpA, rol único tributario número 76.255.569-7; la sociedad INVERSIONES LOS TULIPEROS SpA, rol único tributario número 77.101.843-2; y la sociedad INVERSIONES EL CEIBO SpA, rol único tributario número 77.101.846-7; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo número 6550, oficina 2002, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales accionistas de INVERSIONES Y RENTAS LIGURIA SpA, Rol único Tributario número 87.736.700-2, acordaron dividir la Sociedad en el siguiente sentido: 1) Aprobar que la división de la de INVERSIONES Y RENTAS LIGURIA SpA se realice con vigencia a partir de la presente escritura, en una sociedad continuadora que conservara la razón social y en una nueva sociedad por acciones que se constituirá al efecto con el nombre INVERSIONES Y RENTAS LIGURIA FINANCIERA SpA. 2) Aprobar que sean accionistas de la nueva sociedad todos los que a esta fecha lo son en INVERSIONES Y RENTAS LIGURIA SpA. 3) Aprobar que la división se realiza sobre la base del Balance de División y el Informe Pericial realizados al efecto con fecha 31 de julio de 2021. 4) Aprobar que con ocasión de la división se disminuye el capital social de la suma de $211.878.620.668 en la suma de $156.470.130.297, a efectos de asignar este último monto en la distribución de patrimonio al capital de INVERSIONES Y RENTAS LIGURIA FINANCIERA SpA. De esta manera, el capital de INVERSIONES Y RENTAS LIGURIA SpA será la suma de $55.408.490.371, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha. 5) Aprobar la reforma de estatutos de INVERSIONES Y RENTAS LIGURIA SpA en su artículo 5° permanente y 1° transitorio. En todo lo no modificado quedan subsistentes íntegramente los estatutos. 6) Aprobar el texto de los estatutos sociales por los cuales se regirá la nueva sociedad INVERSIONES Y RENTAS LIGURIA FINANCIERA SpA, cuyas menciones esenciales son: Nombre: Se constituye una sociedad por acciones, cuyo nombre será INVERSIONES Y RENTAS LIGURIA FINANCIERA SpA. Domicilio: El domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La sociedad tendrá duración indefinida. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas provenientes de la inversión de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, y cualquier otra actividad o negocio que acordaren los accionistas. Capital: El capital de la sociedad asciende a $156.470.130.297 dividido en un millón de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, todas de igual valor, que los accionistas han pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de septiembre de 2021.