CONSTITUCIÓN Cooperativa

COOPERATIVA AGRÍCOLA Y FRUTÍCOLA CEREZOS DEL MAULE LIMITADA

CVE 2007905
Capital
$89.528.670 CLP
Fecha instrumento
24 de agosto de 2021
Notaría
Curicó
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
24 de agosto de 2021
Notario
RENE LEÓN MANIEU
Oficio
segunda Notaría de Curicó
Comuna
Curicó

Sociedad

Capital
$89.528.670 CLP
Domicilio
La Cooperativa está domiciliada en la ciudad de Curicó, Región del Maule, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

La Cooperativa tendrá como objeto fomentar, en general, entre sus cooperados, el desarrollo y progreso de la agricultura, y motivar principalmente el desarrollo técnico y económico de la industria frutícola y agrícola de sus asociados. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE LEÓN MANIEU, Notario Público Titular de la segunda Notaría de Curicó, con oficio en Carmen Nº 489, comuna de Curicó, certifico que, ante mí, por escritura pública de fecha 24/08/2021, se redujo a escritura pública el Acta General Constitutiva de “COOPERATIVA AGRÍCOLA Y FRUTÍCOLA CEREZOS DEL MAULE LIMITADA”, celebrada el 19 de agosto del año 2021, en la cual: 1) SOCIEDAD AGRÍCOLA LA ESTANCIA SpA, representada por doña XIMENA LORETO CORREA URREA; 2) AGRÍCOLA CUMELEN SpA, representada por don HERNÁN ANDRÉS RODRÍGUEZ LEPPE y don EDUARDO JOSÉ GRUNWALD ARAVENA; 3) APSA DOS SpA, representada don PABLO JAVIER GODOY CARTER y don PABLO JAVIER RODRÍGUEZ LEPPE; 4) AGRÍCOLA HUAQUEN SpA, representada por don EDUARDO JOSÉ GRUNWALD WELKNER y doña CONSUELO ANDREA GODOY FRANCO; 5) AGRÍCOLA PL LIMITADA, representada por don JUAN PABLO PRADO CALLEJAS; 6) AGRÍCOLA, GANADERA Y FORESTAL FUNDO EL GUINDO LIMITADA, representada por don JORGE ENRIQUE RODRIGUEZ LEPPE; 7) AGRÍCOLA MOREA SpA, representada por don GONZALO ANDRÉS PRADO VIDAL; 8) SOCIEDAD AGRÍCOLA ALLENDE HERRERA S.A, representada JOAQUÍN RAÚL ALEJANDRO ALLENDE LEYTON; 9) SOCIEDAD AGRÍCOLA LA CAMPANA SpA, representada por don JOAQUÍN RAÚL ALEJANDRO ALLENDE LEYTON y don EDUARDO JOSÉ GRUNWALD ARAVENA, constituyeron una Cooperativa Agrícola en los términos que se contienes en la Ley General de Cooperativas, su Reglamento, y este Estatuto Social: RAZÓN SOCIAL: La Cooperativa se denominará “Cooperativa Agrícola y Frutícola Cerezos del Maule Limitada”, su sigla será “CEREZOS DEL MAULE” y se regirá por este Estatuto Social, la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. DOMICILIO: La Cooperativa está domiciliada en la ciudad de Curicó, Región del Maule, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero; DURACIÓN: La Cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. OBJETO SOCIAL: La Cooperativa tendrá como objeto fomentar, en general, entre sus cooperados, el desarrollo y progreso de la agricultura, y motivar principalmente el desarrollo técnico y económico de la industria frutícola y agrícola de sus asociados. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de UF 3.000 (tres mil Unidades de Fomento) equivalentes en pesos al día de celebración del presente documento a la suma ascendente a $89.528.670, dividido en 9 Cuotas de Participación de un valor inicial de UF 333,33 (trescientos treinta y tres coma treinta y tres Unidades de Fomento) cada uno. Demás estipulaciones en escritura extractada. Curicó, a 24 de agosto del año 2021.