COMERCIAL E INVERSIONES CIMERA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de agosto de 2021
- Repertorio
- 61571
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la comuna y ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la Sociedad será cinco años contados desde la fecha de su constitución, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del período original o al de cualquiera de sus prórrogas
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) La compraventa, comercialización importación y exportación, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de vehículos, maquinarias, herramientas, repuestos e insumos, para la industria, la minería, la agricultura, actividad forestal y la construcción, y b) Efectuar toda clase de inversiones, tanto en bienes raíces como en bienes muebles, corporales e incorporales, acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas, derechos de otras sociedades, cualquiera sea su naturaleza jurídica, efectos de comercio, y demás valores mobiliarios, como su explotación y
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Anamaría Loretto Schiaffino Fáez, doña Perla Pamela Schiaffino Fáez y don Cristián Fabricio Schiaffino Fáez, actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente y anteponiendo a sus firmas la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular 38ª Notaría Santiago, con oficio en calle Miraflores N° 178, quinto piso, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública de fecha 19 de agosto de 2021 bajo repertorio 61.571 – 2021, ante mí, doña ANAMARÍA LORETTO SCHIAFFINO FÁEZ, chilena, soltera, factor de comercio, C.I. N° 7.220.628-2, domiciliada para estos efectos en Diego de Almagro 4715, depto.110, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; don CRISTIÁN FABRICIO SCHIAFFINO FÁEZ, chileno, divorciado, empresario, C.I. N° 8.616.853-7, domiciliado para estos efectos en calle Tomas Guevara 2991 depto. 1102, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y doña PERLA PAMELA SCHIAFFINO FÁEZ, chilena, divorciada, técnico en turismo, C.I. N° 8.289.081-5, domiciliada para estos efectos en calle Padre Damián Veuster 2.550, depto. 42, Peumo 2, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; vienen en modificar la sociedad COMERCIAL E INVERSIONES CIMERA LIMITADA, R.U.T N°78.180.790-7, constituida por escritura pública de fecha 20 de noviembre del año 1991, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot bajo repertorio N°728, cuyo extracto autorizado se inscribió a fojas 41.322 número 20.886 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1991 y que hasta la fecha ha experimentado diversas modificaciones, con motivo de las adjudicaciones efectuadas en el acto de Partición celebrado entre ellos por escritura pública de fecha 10 de abril del año 2012 en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente bajo repertorio N°4470, en virtud de la cual, doña Anamaría Loretto Schiaffino Fáez, doña Perla Pamela Schiaffino Fáez y don Cristián Fabricio Schiaffino Fáez, se adjudican en una proporción de un tercio cada uno, la totalidad de los derechos que tenía el Causante don Hernán Jorge Schiaffino Collyer, C.I. N°2.637.687-4, en la sociedad COMERCIAL E INVERSIONES CIMERA LIMITADA, correspondientes a un 2,26% del capital social, quedando como únicos socios de COMERCIAL E INVERSIONES CIMERA LIMITADA, doña Anamaría Loretto Schiaffino Fáez, doña Perla Pamela Schiaffino Fáez y don Cristián Fabricio Schiaffino Fáez, con un tercio del capital social total cada uno y quienes en su calidad de únicos y actuales socios, acuerdan modificar el Artículo Cuarto de los estatutos sociales relativo al Capital de la sociedad, el que quedará de la siguiente forma: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de setecientos dieciséis millones cuatrocientos ochenta y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente forma: /Uno/ doña Anamaría Loretto Schiaffino Fáez, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de doscientos treinta y ocho millones ochocientos veintisiete mil ochocientos ochenta y dos pesos, al contado y en dinero en efectivo, equivalentes a un tercio del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad; /Dos/ doña Perla Pamela Schiaffino Fáez, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de doscientos treinta y ocho millones ochocientos veintisiete mil ochocientos ochenta y un pesos, al contado y en dinero en efectivo, equivalentes a un tercio del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad; y /Tres/ don Cristián Fabricio Schiaffino Fáez, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de doscientos treinta y ocho millones ochocientos veintisiete mil ochocientos ochenta y un pesos, al contado y en dinero en efectivo, equivalentes a un tercio del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad. En consecuencia, el capital de setecientos dieciséis millones cuatrocientos ochenta y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro pesos, se encuentra íntegramente pagado. De esta forma, el capital social se encuentra distribuido entre los socios en un treinta y tres coma treinta y tres por ciento para doña Anamaría Loretto Schiaffino Fáez, en un treinta y tres coma treinta y tres por ciento para doña Perla Pamela Schiaffino Fáez, y en un treinta y tres coma treinta y tres por ciento para don Cristián Fabricio Schiaffino Fáez dejándose constancia de que los socios participan en iguales partes en la sociedad, correspondiéndole la proporción de un tercio a cada uno en el total del capital social, y que, debido a que se trata de una cifra periódica, se ha asignado la participación en pesos indicada para cada socio, con el objeto de que el aporte efectuado por cada uno, coincida con el total del capital social.”. Asimismo, los únicos y actuales socios de COMERCIAL E INVERSIONES CIMERA LIMITADA, vienen en introducir algunas modificaciones adicionales a los estatutos sociales, fijándose el texto refundido de los mismos y considerándose a la sociedad COMERCIAL E INVERSIONES CIMERA LIMITADA, modificada en todos aquellos aspectos en que el texto refundido de los estatutos difiera de los estatutos anteriores de la compañía, la que se regirá desde ahora en adelante, única y exclusivamente, por el texto refundido de los estatutos que se transcribe a continuación: NOMBRE: COMERCIAL E INVERSIONES CIMERA LIMITADA. OBJETO: El objeto de la Sociedad será: a) La compraventa, comercialización importación y exportación, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de vehículos, maquinarias, herramientas, repuestos e insumos, para la industria, la minería, la agricultura, actividad forestal y la construcción, y b) Efectuar toda clase de inversiones, tanto en bienes raíces como en bienes muebles, corporales e incorporales, acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas, derechos de otras sociedades, cualquiera sea su naturaleza jurídica, efectos de comercio, y demás valores mobiliarios, como su explotación y administración. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá constituir nuevas sociedades e ingresar a sociedades ya existentes. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de que podrá abrir sucursales o agencias en otros puntos del país o del extranjero. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de setecientos dieciséis millones cuatrocientos ochenta y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente forma: /Uno/ doña Anamaría Loretto Schiaffino Fáez, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de doscientos treinta y ocho millones ochocientos veintisiete mil ochocientos ochenta y dos pesos, al contado y en dinero en efectivo, equivalentes a un tercio del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad; /Dos/ doña Perla Pamela Schiaffino Fáez, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de doscientos treinta y ocho millones ochocientos veintisiete mil ochocientos ochenta y un pesos, al contado y en dinero en efectivo, equivalentes a un tercio del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad; y /Tres/ don Cristián Fabricio Schiaffino Fáez, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de doscientos treinta y ocho millones ochocientos veintisiete mil ochocientos ochenta y un pesos, al contado y en dinero en efectivo, equivalentes a un tercio del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad. En consecuencia, el capital de setecientos dieciséis millones cuatrocientos ochenta y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro pesos, se encuentra íntegramente pagado. De esta forma, el capital social se encuentra distribuido entre los socios en un treinta y tres coma treinta y tres por ciento para doña Anamaría Loretto Schiaffino Fáez, en un treinta y tres coma treinta y tres por ciento para doña Perla Pamela Schiaffino Fáez, y en un treinta y tres coma treinta y tres por ciento para don Cristián Fabricio Schiaffino Fáez dejándose constancia de que los socios participan en iguales partes en la sociedad, correspondiéndole la proporción de un tercio a cada uno en el total del capital social, y que, debido a que se trata de una cifra periódica, se ha asignado la participación en pesos indicada para cada socio, con el objeto de que el aporte efectuado por cada uno, coincida con el total del capital social. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será cinco años contados desde la fecha de su constitución, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del período original o al de cualquiera de sus prórrogas. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Anamaría Loretto Schiaffino Fáez, doña Perla Pamela Schiaffino Fáez y don Cristián Fabricio Schiaffino Fáez, actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente y anteponiendo a sus firmas la razón social. Los administradores, actuando de la manera previamente indicada tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo celebrar todos los actos y contratos u operaciones relacionados con el objeto social, conforme a lo indicado en la escritura extractada. Los socios limitan expresamente sus responsabilidades personales por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones no son materia de extracto constan escritura extractada. Santiago, 6 de septiembre de 2021, María Soledad Lascar Merino Notario Público.