COMERCIAL LA REGION SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de junio de 2018
- Repertorio
- 2568-18
- Notario
- PAULINA VALENZUELA VALDES
- Oficio
- Segunda Notaria de Rengo
- Comuna
- Rengo
Sociedad
- Capital
- $23.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULINA VALENZUELA VALDES, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Rengo, con oficio en Avenida José Bisquertt N° 75-D, primer piso, certifica: Por escritura de hoy, ante mí, don MATIAS EMILIO CORNEJO MUÑOZ, chileno, soltero, empleado, Run: 20.303.925-5, domiciliado en Cayocupil 406, Rengo, sanea el vicio que afecta la modificación de la sociedad COMERCIAL LA REGION S.p.A. en conformidad a la ley 19.499 en el sentido que pasa a expresarse: 1) Por escritura pública de fecha 28/06/2018, otorgada ante el Notario titular de la primera Notaría de Rengo, don Edmundo Figueroa Álvarez, se constituyó una sociedad por acciones cuya razón social es COMERCIAL LA REGIÓN S.p.A. Extracto de la escritura de constitución se inscribió a fojas 580, número 415, del Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 5/7/2018.- 2) Con fecha 18/10/2018 según escritura pública otorgada ante el Notario Público de Rengo, don Edmundo Figueroa Álvarez, Repertorio N° 2568-18, rectificada por escritura pública de fecha 20/11/2018 ante el Notario Público de Rengo, Repertorio N° 3050-18, se modificó el estatuto social en el siguiente sentido: que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al accionista don Matías Emilio Cornejo Muñoz, quien anteponiendo su firma a la razón social, podrá representar y obligar a la sociedad con todas y cada una de las facultades establecidas en el pacto social, sin embargo, erradamente no se publicó el extracto de dicha escritura pública de modificación de sociedad en el Diario Oficial, como tampoco se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, de conformidad a lo dispuesto por el artículo tercero de la Ley N°3.918, incurriendo de esa forma en un vicio de nulidad absoluta de ese acto.- En virtud de lo señalado precedentemente, el compareciente viene en corregir y sanear el vicio indicado, de conformidad lo dispone el artículo primero y siguientes de la Ley N° 19.499 sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, ratificando en este acto sus voluntades contenidas en la escritura pública con fecha 18/10/2018, rectificada por escritura 20/11/2018, otorgadas ante el Notario Público de Rengo, don Edmundo Figueroa Álvarez.- Capital: $23.000.000.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rengo, 6 Septiembre de 2021.