MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ADELANTA CONSULTING, ASESORIAS E INVERSION LIMITADA

RUT 76425905-K CVE 2007662
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de febrero de 2015
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
27 de febrero de 2015
Comuna
Providencia

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, don Mauricio Claudio Herrera Quiroz, don Felipe Andrés Herrera Duronea, doña Dominique Sophie Luisa Herrera Duronea y don Andrés Eduardo Fernando Herrera Duronea; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Maquehue Sur 0350, oficina 210, comuna de Las Condes, Santiago; modifican sociedad responsabilidad limitada "ADELANTA CONSULTING, ASESORIAS E INVERSION LIMITADA" constituida 27/02/2015, ante Notario de Santiago don Fernando Celis Urrutia, inscrita fojas 22784 Nº 13610 Registro Comercio Santiago año 2015, publicada Diario Oficial 26/03/2015. Modificación consiste: 1.- Mauricio Claudio Herrera Quiroz, vende, cede y transfiere, una parte de sus derechos sociales, equivalentes a un 10% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño a doña Dominique Sophie Luisa Herrera Duronea, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $500.000.- 2.- Felipe Andrés Herrera Duronea, vende, cede y transfiere, una parte de sus derechos sociales, equivalentes a un 10% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño a doña Dominique Sophie Luisa Herrera Duronea, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $500.000.- 3.- Felipe Andrés Herrera Duronea, vende, cede y transfiere, una parte de sus derechos sociales, equivalentes a un 20% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño a don Andrés Eduardo Fernando Herrera Duronea, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $1.000.000.- Quedan como únicos y actuales socios don Felipe Andrés Herrera Duronea, con el 20% de los derechos totales de la sociedad; doña Dominique Sophie Luisa Herrera Duronea, con el 20% de los derechos totales de la sociedad; don Andrés Eduardo Fernando Herrera Duronea, con el 20% de los derechos totales de la sociedad, y don Mauricio Claudio Herrera Quiroz, con el restante 40% de los derechos totales de la sociedad; quienes modifican artículos 3º, 4° y 5º del pacto social primitivo por las siguientes: “TERCERO: El nombre o razón social de la sociedad será “ADELANTA ASESORÍAS & SERVICIOS LIMITADA”, con abreviación “ADELANTA ASESORÍAS & SERVICIOS LTDA.”, y pudiendo funcionar bajo el nombre de fantasía “ADELANTA LTDA.”; “CUARTO: La administración y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá de forma independiente a don MAURICIO CLAUDIO HERRERA QUIROZ o bien de forma conjunta a cualquiera de los otros tres socios, FELIPE ANDRÉS HERRERA DURONEA, DOMINIQUE SOPHIE LUISA HERRERA DURONEA, o ANDRÉS EDUARDO FERNANDO HERRERA DURONEA actuando conjuntamente dos de ellos, de modo que actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas podrán ejecutar todos los actos y celebrar los contratos que estimen convenientes”; y "QUINTO: Capital $5.000.000, que socios aportan y enteran como sigue: a) Mauricio Claudio Herrera Quiroz, aporta y entera la suma de $2.000.000, correspondiente al 40% de los derechos totales de la sociedad, al contado, ya ingresados a la caja social; b) Felipe Andrés Herrera Duronea, aporta y entera la suma de $1.000.000, correspondiente al 20% de los derechos totales de la sociedad, al contado, ya ingresados a la caja social; c) Dominique Sophie Luisa Herrera Duronea, aporta y entera la suma de $1.000.000, correspondiente al 20% de los derechos totales de la sociedad, al contado, ya ingresados a la caja social; y d) Andrés Eduardo Fernando Herrera Duronea, aporta y entera la suma de $1.000.000, correspondiente al 20% de los derechos totales de la sociedad, al contado, ya ingresados a la caja social.". Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las facultades establecidas en el pacto social primitivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 29 de Julio de 2021.- Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia.