CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

HDF Servicios e Inversiones SpA

CVE 2006963
Capital
$200.000 CLP
Fecha instrumento
1 de septiembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
1 de septiembre de 2021
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
Vigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$200.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Administración

El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad corresponderá a Bernardita Andrea Huidobro Del Fierro y a María Ester Del Fierro Paredes, quienes actuando de forma individual, separada e indistintamente, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.196, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 1 de septiembre de 2021, ante mí: Bernardita Andrea Huidobro Del Fierro y María Ester Del Fierro Paredes, vienen en constituir una sociedad por acciones en los siguientes términos: I. Razón Social. La razón social será “HDF Servicios e Inversiones SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquiera otros organismos públicos o privados, la sigla comercial o nombre de fantasía de “HDF SpA”.- II. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto: A) La prestación de todo tipo de servicios profesionales relativos a la salud y bienestar humano, especialmente aquellos relacionados a las áreas de la psicología y enfermería; la prestación de servicios profesionales de asesoría y consultoría sobre áreas relacionadas con la psicología, con los recursos humanos y con la enfermería. Los servicios profesionales señalados precedentemente podrán ser prestados a toda clase de personas, tanto naturales como jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, tanto dentro del territorio de la República de Chile como en el extranjero. Asimismo, estos servicios podrán ser prestados por cuenta propia o a través de terceros. B) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, y cualquiera sea el objeto de estas sociedades, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan; C) La inversión de capitales y de los fondos sociales disponibles, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas de fondos de cualquier clase o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. D) La adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. E) La asesoría técnica, comercial, económica, administrativa y financiera en actividades que guarden relación directa o indirecta con el objeto de la sociedad, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. En general, la realización de todo tipo de actos o contratos directa e indirectamente relacionados con los objetivos antes indicados. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto social. III. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero.- IV. Duración. Indefinida.- V. Capital. El capital social es la suma única y total de $200.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas en la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales.- VI. Administración. El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad corresponderá a Bernardita Andrea Huidobro Del Fierro y a María Ester Del Fierro Paredes, quienes actuando de forma individual, separada e indistintamente, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Asimismo, las administradoras contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 1 de septiembre de 2021.- HQM Not. Pub.