IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA CORPART CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de septiembre de 2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $40.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 2 de Septiembre de 2021, ante mí, don MATIAS MAURICIO OGAZ GÓMEZ, chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad número veintiún millones veinticuatro mil cuatrocientos trece guion uno, en representación legal de la sociedad IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA CORPART CHILE SpA, rol único tributario número setenta y siete millones trescientos treinta y dos mil novecientos sesenta y nueve guion nueve, ambos con domicilio en Avenida Padre Hurtado doscientos ochenta y nueve, Comuna de Estación Central, Región Metropolitana. El compareciente, mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula citada y expone: PRIMERO. ANTECEDENTES: Uno. IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA CORPART CHILE SpA, rol único tributario número setenta y siete millones trescientos treinta y dos mil novecientos sesenta y nueve guion nueve, fue constituida por escritura pública de constitución de sociedad por acciones, repertorio número mil doscientos ochenta y cuatro - dos mil veintiuno, de fecha doce de marzo de dos mil veintiuno otorgada ante Fouad Farah Salazar, abogado, suplente del titular don Pablo A. González Caamaño, Abogado, Notario Público, con oficio ubicado en Teatinos trescientos treinta y tres, comuna y ciudad de Santiago. Un extracto de dicha sociedad se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas veinte mil cuarenta y dos número nueve mil quinientos ochenta y siete del año dos mil veintiuno, dependiente del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Con fecha quince de marzo dos mil veintiuno, un extracto de dicha constitución fue publicado en el diario oficial.SEGUNDO. RECTIFICACIÓN, ACLARACIÓN Y SANEAMIENTO. El compareciente, en su calidad de único socio y gerente general de la referida sociedad por acciones según estatutos, por este instrumento viene en este acto en aclarar, rectificar y sanear la Sociedad denominada "IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA CORPART CHILE SpA” de acuerdo a lo dispuesto por la ley número diez y nueve mil cuatrocientos noventa y nueve sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, en efecto se sanea el vicio la inconsistencia producido por un error de digitación en la escritura de constitución y modificación señalada en el punto uno y dos sobre antecedentes recién expuesto. El error, radica en la estipulación del artículo primero transitorio del pacto de modificación que consigna: “El capital ascendiente a la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones, sin valor nominal, de única serie de acciones comunes que se suscriben de la siguiente forma: don MATIAS MAURICIO OGAZ GÓMEZ, suscribe en este acto cien acciones, correspondiente a la suma de un millón de pesos, correspondiente al cien por ciento de las acciones que la sociedad emite, dinero que ya fue ingresado a caja social en dinero en efectivo en este acto”, debiendo señalar: “El capital ascendiente a la suma de cuarenta millones de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, sin valor nominal, de única serie de acciones comunes que se suscriben de la siguiente forma: don MATIAS MAURICIO OGAZ GÓMEZ, suscribe en este acto mil acciones, correspondiente a la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS, correspondiente al cien por ciento de las acciones que la sociedad emite, dinero que ya fue ingresado a caja social en dinero en efectivo en este acto primitivo de constitución.” . TERCERO. Asimismo, el compareciente viene en aclarar, sanear y complementar el pacto social primitivo singularizado en la cláusula primera sobre antecedentes, lo anterior con objeto de dar estricto cumplimiento del numeral cuarto del articulo cuatrocientos veinticinco del Código de Comercio, estableciendo que la sociedad será administrada por un gerente general, que será designado por acuerdo de accionistas adoptado por asamblea o junta ordinaria de accionistas. Que esta disposición solo será aplicable si existieren dos o más socios. En todo lo expresamente abordado en la presente escritura rigen las estipulaciones del pacto social originario y de modificación expuestos en este instrumentoPor escritura pública de modificación de fecha veinticuatro de agosto de dos mil veintiuno otorgada ante notario público don Pablo González Caamaño, repertorio número cuatro mil setecientos setenta y cinco. Un extracto de la modificación se inscribió a fojas sesenta y seis mil ochocientos cincuenta y dos número treinta y un mil veinticinco del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil veintiuno. Un extracto de la modificación fue publicado en el DECLARADO Y ENTERADO: $40.000.000. Demás estipulaciones estipulaciones se encuentran en la escritura extractada.- Santiago, 2 de Septiembre de 2021.-