INVERSIONES SAN SEBASTIÁN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2021
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4886, de la comuna de San Miguel, certifica: Que por escritura pública de fecha 02 de agosto de 2021, ante mí, Inversiones Santa Teresita Limitada, antes Inversiones Pamela Castro E.I.R.L., e Inversiones San Pío SpA, antes Inversiones Pablo Castro E.I.R.L.; ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Cerrillos número 4.030, local 219, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “INVERSIONES SAN SEBASTIÁN LIMITADA”. Modificaciones consisten en: 1) Aumento de capital. Se aumenta el capital de la sociedad, actualmente ascendente a la suma de $10.000.000, en la suma de $23.713.793, con lo cual el capital social quedará fijado en la suma de $33.713.793. Se deja expresa constancia que el aumento de capital es íntegramente aportado y pagado de la siguiente forma: Uno. Inversiones Santa Teresita Limitada, aporta la suma de $7.843.478 mediante el aporte en dominio de las acciones de que es titular en Comercial Castro SpA y Transportes Llico SpA. Dos. Inversiones San Pío SpA, aporta la suma de $15.870.315 mediante el aporte en dominio de las acciones de que es titular en Comercial Castro SpA y C Market SpA. 2) Modificación estatutos sociales. Se modifica el Artículo Noveno de los estatutos sociales, en el sentido que el capital social asciende a la suma de $33.713.793, íntegramente aportado y pagado, de la siguiente manera: Uno. Inversiones Santa Teresita Limitada, aporta la suma de $12.843.478 equivalentes aproximadamente al 38,1% de los derechos sociales; Dos. Inversiones San Pío SpA, aporta la suma de $20.870.315 equivalentes aproximadamente al 61,9% de los derechos sociales. En todo lo no modificado, siguen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social, en especial, la estipulación relativa a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 01 de septiembre de 2021.