CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SANTA ANA ARRIENDOS SANITARIOS LIMITADA

CVE 2004337
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de septiembre de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de septiembre de 2021
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP
Domicilio
Temuco, Novena Región de la Araucanía
Duración
La sociedad empezará a regir desde la fecha de suscripción escritura extractada y tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, forma establecida en escritura

Objeto social

es la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y)o reparación de todo tipo de bienes, en especial, en el área de sanitarios y baños químicos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veintisiete de Agosto de dos mil veintiuno, ante mí, don RICARDO MAURICIO SILVA TAPIA, chileno, soltero, ingeniero constructor, cédula de identidad número trece millones setecientos veintinueve mil novecientos veintiocho guión tres, con domicilio en Pasaje Apóstol Santiago número cero trescientos cuatro, Villa San Andrés, comuna de Temuco; y doña CLAUDIA ANDREA QUEZADA MARDONES, chilena, soltera, ingeniero civil industrial, cédula de identidad número catorce millones setenta y cuatro mil novecientos sesenta y dos guión uno con domicilio en Avenida Olimpia número mil setecientos veinte, Departamento seiscientos seis, Torre Uno, comuna de Temuco, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.- RAZON SOCIAL: “SANTA ANA ARRIENDOS SANITARIOS LIMITADA”, nombre de fantasía, “SANTA ANA SANITARIOS LTDA”.- ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá conjunta, o separada e indistintamente a los socios don RICARDO MAURICIO SILVA TAPIA y doña CLAUDIA ANDREA QUEZADA MARDONES, facultades en pacto social.- Sin perjuicio de todas las facultades señaladas anteriormente, los administradores deberán actuar conjuntamente cuando se trate de enajenar bienes inmuebles de la sociedad, constituirla como avalista, fiadora, codeudora solidaria, otorgar hipotecas o cualquier tipo de garantías ya sea personales o reales.- CAPITAL: $40.000.000.- el que será aportado como sigue: A) Don RICARDO MAURICIO SILVA TAPIA, aporta la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS, que entera de la siguiente manera: Con la suma de diez millones de pesos, que en acto escritura ingresa en caja social en dinero en efectivo y el saldo de diez millones de pesos, dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la constitución en dinero en efectivo u otros bienes de interés social; y B) Doña CLAUDIA ANDREA QUEZADA MARDONES, aporta la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS, que entera de la siguiente manera: Con la suma de diez millones de pesos, que en acto escritura ingresa en caja social en dinero en efectivo y el saldo de diez millones de pesos, dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la constitución en dinero en efectivo u otros bienes de interés social. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes en el capital social.- OBJETO: es la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y/o reparación de todo tipo de bienes, en especial, en el área de sanitarios y baños químicos.- DURACION: La sociedad empezará a regir desde la fecha de suscripción escritura extractada y tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, forma establecida en escritura.- DOMICILIO: Temuco, Novena Región de la Araucanía, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que pueda establecer en el resto del país.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 01 de Septiembre de 2021.-