MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Rollos Veganos SpA

RUT 77282076-3 CVE 2004966
Fecha instrumento
12 de agosto de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2021
Repertorio
22338-21
Notario
SUSANA BELMONTE AGUIRRE
Oficio
11a Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

Por consiguiente, se acordó reemplazar el Artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Rollos Veganos SpA socio 77282076-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la 11a Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte N°555, oficina 201, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico: por acuerdo de accionistas sin forma de junta de Rollos Veganos SpA, RUT N°77.282.076-3 (la “Sociedad”), celebrado mediante instrumento privado de fecha 9 de agosto de 2021 (el “Acuerdo”), protocolizado en esta notaría con la misma fecha bajo el repertorio N°22338-21, doña María Ignacia Guzmán Carrizo, cédula nacional de identidad N°20.287.322-7, en su calidad de única accionista de la Sociedad, acordó lo siguiente: A) modificar el objeto social. Por consiguiente, se acordó reemplazar el Artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO. Objeto. La Sociedad tiene por objeto: la elaboración, producción, compra, venta y comercialización de alimentos y productos gastronómicos, especialmente veganos, sean de creación propia o de terceros, y en general cualquier otra actividad comercial o industrial directa o indirectamente relacionada con los fines de la Sociedad. En el cumplimiento de los fines antes señalados, la Sociedad podrá desarrollar toda clase de inversiones y negocios, por cuenta propia o de terceros, relativos a todo de tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose especialmente la adquisición y participación en toda clase de sociedades y personas jurídicas, cualquiera sea su clase o naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero, ya sea con terceros o con sociedades filiales.”; B) reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, sin valor nominal, nominativas y de una misma serie, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado.”; y C) modificar la forma de administración de la Sociedad, la que corresponderá a uno o más administradores, quienes podrán ser personas naturales o jurídicas, y a quienes les corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad. Se deja constancia que en la Cláusula Cuarta del Acuerdo se designó a doña María Ignacia Guzmán Carrizo como administrador de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 76.752, N°36.804 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020. Santiago, 12 de agosto de 2021.