INVERSIONES SMART SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de agosto de 2021
- Repertorio
- 10789/2021
- Notario
- RAIMUNDO ESPINOZA WOOD
- Domicilio
- doña MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAIMUNDO ESPINOZA WOOD, Notario Público Suplente de doña MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 24/08/2021, repertorio 10.789/2021, ante mí: don RODRIGO PATRICIO SAMUR FAJURI, cédula de identidad número doce millones doscientos treinta y dos mil treinta y uno guion seis, domiciliado en Santa Lucía número doscientos treinta y dos, oficina número cuarenta y uno, comuna de Santiago, Región Metropolitana, suscribe escritura rectificatoria de sociedad por acciones “INVERSIONES SMART SpA”. PRIMERO: La sociedad fue constituida por escritura pública de fecha diecisiete de junio del año dos mil veintiuno, ante la notario público doña MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, la cual fue inscrita con fecha veintidós de junio del año dos mil veintiuno, a fojas cuarenta y ocho mil trescientos dieciséis, número veintidós mil trescientos cuarenta y siete, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil veintiuno. Extracto publicado en el diario oficial el día primero de julio del año dos mil veintiuno. La sociedad no ha sufrido modificaciones a la fecha de la presente escritura. SEGUNDO: En consecuencia, por el presente acto y con el objeto de subsanar error en la escritura de constitución de sociedad por acciones, viene en rectificar y modificar la escritura citada en el punto primero de este instrumento, en lo relativo al capital social, en los siguientes términos: El TÍTULO SEGUNDO DEL CAPITAL Y ACCIONES, EN SU ARTÍCULO QUINTO que señala: “El capital de la sociedad es cuatrocientos dos millones seiscientos sesenta y cinco mil ciento treinta y tres pesos, dividido en diez mil acciones sin valor nominal, todas de una misma serie, las que se suscriben y pagan mediante el aporte a valor tributario de los activos y pasivos de la empresa individual de Rodrigo Patricio Samur Fajuri con motivo de la conversión de ésta en la sociedad que se constituye, todo ello en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos”, y dicho artículo DEBE MODIFICARSE Y DECIR: “El capital de la sociedad es cuatrocientos cincuenta y un millones veinte mil ciento treinta y tres pesos, dividido en diez mil acciones sin valor nominal, todas de una misma serie, las que se suscriben y pagan mediante el aporte a valor tributario de los activos y pasivos de la empresa individual de Rodrigo Patricio Samur Fajuri con motivo de la conversión de ésta en la sociedad que se constituye, todo ello en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos.” TERCERO: También se modifica por este acto: DISPOSICIONES TRANSITORIAS: ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO que señala: “El capital social fijado en el artículo quinto de estos estatutos, es de cuatrocientos dos millones seiscientos sesenta y cinco mil ciento treinta y tres, dividido en diez mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, las que se suscriben y pagan en este acto mediante la conversión de la empresa individual de don Rodrigo Patricio Samur Fajuri en conformidad a lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario, aportando en consecuencia la totalidad de los activos y pasivos asignados a dicha empresa al día treinta y un de mayo de dos mil veintiún. El referido aporte de activos y pasivos se efectúa al valor tributario en que estos se encontraban registrados en la empresa individual, de acuerdo al inciso quinto del artículo sesenta y cuatro del Código Tributario, y la sociedad que se constituye mantendrá el registro y control de los mismos, conforme al siguiente detalle: a) Activos aportados; (i) Saldo disponible en la cuenta corriente del Banco BCI número ocho seis nueve cuatro siete tres cero tres por treinta y dos millones de pesos; (ii) Inversión en dólares efectuada en FONDOS MUTUOS por la suma total de doscientos cincuenta y nueve millones quinientos sesenta y cuatro mil ciento diecisiete pesos que constan en cartola; (iii) cuenta por cobrar a Segal Factoring, y se cede mediante este acto por cien millones de pesos; y (iv) derechos en la sociedad Segal S.A. por once millones ciento un mil dieciséis pesos; b) Pasivos que asume la sociedad; no hay pasivos que mantuviera la empresa individual y por tanto, no hay pasivos que asuma la sociedad que se constituye. Don RODRIGO PATRICIO SAMUR FAJURI, ya individualizado, suscribe y da por pagada en este acto la cantidad de cuatrocientos dos millones seiscientos sesenta y cinco mil ciento treinta y tres pesos, que representan diez mil acciones de la sociedad, enterados de la manera señalada precedentemente.”. DEBE MODIFICARSE Y DECIR: “El capital social fijado en el artículo quinto de estos estatutos, es de cuatrocientos cincuenta y un millones veinte mil ciento treinta y tres pesos, dividido en diez mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, las que se suscriben y pagan en este acto mediante la conversión de la empresa individual de don Rodrigo Patricio Samur Fajuri en conformidad a lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario, aportando en consecuencia la totalidad de los activos y pasivos asignados a dicha empresa al día treinta y un de mayo de dos mil veintiún. El referido aporte de activos y pasivos se efectúa al valor tributario en que estos se encontraban registrados en la empresa individual, de acuerdo al inciso quinto del artículo sesenta y cuatro del Código Tributario, y la sociedad que se constituye mantendrá el registro y control de los mismos, conforme al siguiente detalle: a) Activos aportados; (i) Saldo disponible en la cuenta corriente del Banco BCI número ocho seis nueve cuatro siete tres cero tres por treinta y dos millones de pesos; (ii) Inversión en dólares efectuada en FONDOS MUTUOS por la suma total de doscientos cincuenta y nueve millones quinientos sesenta y cuatro mil ciento diecisiete pesos que constan en cartola; (iii) cuenta por cobrar a Segal Factoring, y se cede mediante este acto por cien millones de pesos; (iv) acciones en la sociedad Segal S.A. por once millones ciento un mil dieciséis pesos; (v) derechos en la sociedad Segal Factoring y Compañía Limitada por quince millones de pesos; (vi) acciones en Defensoría del Deudor S.A. por dos millones de pesos; (vii) acciones en Inversiones Segal SpA por ocho millones novecientos veinticinco mil pesos; y (viii) derechos en Inmobiliaria e Inversiones Samur Limitada por veintidós millones cuatrocientos treinta mil pesos; b) Pasivos que asume la sociedad; no hay pasivos que mantuviera la empresa individual y por tanto, no hay pasivos que asuma la sociedad que se constituye. Don RODRIGO PATRICIO SAMUR FAJURI, ya individualizado, suscribe y da por pagada en este acto la cantidad de cuatrocientos cincuenta y un millones veinte mil ciento treinta y tres pesos, que representan diez mil acciones de la sociedad, enterados de la manera señalada precedentemente.” Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 25 de agosto de 2021.-