Inversiones Ensenada Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de agosto de 2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $19.143.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 09 de agosto del año 2021, ante mí comparecieron: i) don Germán Alejandro Guerrero Falcón; y ii) Inversiones Guerrero Guarello, todos domiciliados en Avenida Presidente Riesco número 5.711, oficina 402, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana. Como actuales y únicos socios de la sociedad Inversiones Ensenada Limitada, inscrita a fojas 5.926, número 3.328 del Registro de Comercio de Santiago año 2017, acordaron modificar la sociedad en los siguientes términos: I. Aumento de Capital: Aumentar su capital social, desde su suma actual ascendente a $19.143.000.000, a la suma de $59.143.000.000, esto es, en la cantidad de $40.000.000.000, cuyos plazos, términos y obligaciones de pago constan en escritura extractada.- II. Modificación de Estatutos Sociales: Como consecuencia de lo anterior acordaron reemplazar el Artículo Quinto de los Estatutos Sociales, relativo al capital social, el cual queda redactado con el siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de cincuenta y nueve mil ciento cuarenta y tres millones de pesos, distribuido entre los Socios, en las siguientes cantidades y proporciones: (i) don Germán Alejandro Guerrero Falcón, con la suma de trece mil cuatrocientos millones cien mil pesos, equivalentes al veintidós coma seis cinco siete uno dos por ciento del capital social; y, (ii) Inversiones Guerrero Guarello, con la suma de cuarenta y cinco mil setecientos cuarenta y dos millones novecientos mil pesos, equivalentes al setenta y siete coma tres cuatro dos ocho ocho por ciento del capital social”. Socios declaran que mantienen su responsabilidad limitada hasta el monto de sus respectivos aportes, y en todo lo no modificado por la escritura extractada, quedan plenamente vigentes las demás disposiciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de agosto de 2021.