INVERSIONES CINCO SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de agosto de 2021
- Repertorio
- 10829/2021
- Notario
- RAIMUNDO ESPINOZA WOOD
- Domicilio
- doña MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAIMUNDO ESPINOZA WOOD, Notario Público Suplente de doña MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 24/08/2021, repertorio 10.829/2021, ante mí: don MARCELO ANDRÉS SAMUR FAJURI, cedula de identidad número trece millones ochocientos noventa y tres mil ciento cincuenta y nueve guion cinco, domiciliado en Santa Lucía número doscientos treinta y dos, oficina número cuarenta y uno, comuna de Santiago, Región Metropolitana, suscribe escritura rectificatoria de sociedad por acciones “INVERSIONES CINCO SpA”. PRIMERO: La sociedad fue constituida por escritura pública de fecha dieciocho de junio del año dos mil veintiuno, ante la notario público doña MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, la cual fue inscrita con fecha veintitrés de junio del dos mil veintiuno, a fojas cuarenta y ocho mil quinientos treinta y nueve, número veintidós mil cuatrocientos treinta y cuatro, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil veintiuno. Extracto publicado en el diario oficial el día uno de julio del año dos mil veintiuno. La sociedad no ha sufrido modificaciones a la fecha de la presente escritura. SEGUNDO: En consecuencia, por el presente acto y con el objeto de subsanar error en la escritura de constitución de sociedad por acciones, viene en rectificar y modificar la escritura citada en el punto primero de este instrumento, en lo relativo al capital social, en los siguientes términos: El TITULO SEGUNDO DEL CAPITAL Y ACCIONES, EN SU ARTICULO QUINTO señala: “El capital de la sociedad es setecientos cincuenta y cuatro millones novecientos veintiocho mil doscientos noventa y ocho pesos, dividido en diez mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, las que se suscriben y pagan mediante el aporte a valor tributario de los activos y pasivos de la empresa individual de Marcelo Andrés Samur Fajuri con motivo de la conversión de ésta en la sociedad que se constituye, todo ello en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos”. Dicho artículo DEBE MODIFICARSE Y DECIR: “El capital de la sociedad es ochocientos treinta y dos millones quinientos setenta y tres mil doscientos noventa y ocho pesos, dividido en diez mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, las que se suscriben y pagan mediante el aporte a valor tributario de los activos y pasivos de la empresa individual de Marcelo Andrés Samur Fajuri con motivo de la conversión de ésta en la sociedad que se constituye, todo ello en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos”. TERCERO: También se modifica por este acto: DISPOSICIONES TRANSITORIAS: ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO que señala: “El capital social fijado en el artículo quinto de estos estatutos, es de setecientos cincuenta y cuatro millones novecientos veintiocho mil doscientos noventa y ocho pesos, dividido en diez mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, las que se suscriben y pagan en este acto mediante la conversión de la empresa individual de don Marcelo Andrés Samur Fajuri en conformidad a lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario, aportando en consecuencia la totalidad de los activos y pasivos asignados a dicha empresa al día treinta y uno de mayo de dos mil veintiún. El referido aporte de activos y pasivos se efectúa al valor tributario en que estos se encontraban registrados en la empresa individual, de acuerdo al inciso quinto del artículo sesenta y cuatro del Código Tributario, y la sociedad que se constituye mantendrá el registro y control de los mismos, conforme al siguiente detalle: a) Activos aportados; (i) Saldo disponible en la cuenta corriente del Banco BCI número ocho cuatro cero seis cinco ocho cero cero por tres millones trescientos cincuenta y nueve mil setecientos setenta y dos pesos; (ii) Inversión en dólares efectuada en fondos mutuos, por la suma total de quinientos cincuenta millones seiscientos cuarenta y nueve mil seiscientos cinco pesos que constan en cartola; (iii) cuenta por cobrar a Segal Factoring, que se cede mediante este acto por cien millones de pesos; (iv) Inmueble ubicado en Luis Thayer Ojeda número mil doscientos treinta departamento doscientos dos, comuna de Providencia por ciento once millones novecientos noventa y dos mil cuatrocientos pesos y (v) derechos en la sociedad Segal S.A. por once millones ciento un mil dieciséis pesos; b) Pasivos que asume la sociedad; (i) cheques a fecha por pagar por tres millones trescientos cincuenta y nueve mil setecientos setenta y dos pesos, (ii) pagos anticipados de arriendo del inmueble individualizado en el numeral (iv) de la letra a) anterior por dieciocho millones ochocientos catorce mil setecientos veintitrés pesos. Don MARCELO ANDRÉS SAMUR FAJURI, ya individualizado, suscribe y da por pagada en este acto la cantidad de setecientos cincuenta y cuatro millones novecientos veintiocho mil doscientos noventa y ocho pesos, que representan diez mil acciones de la sociedad, enterados de la manera señalada precedentemente”. DEBE MODIFICARSE Y DECIR: “El capital social fijado en el artículo quinto de estos estatutos, es de ochocientos treinta y dos millones quinientos setenta y tres mil doscientos noventa y ocho pesos, dividido en diez mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, las que se suscriben y pagan en este acto mediante la conversión de la empresa individual de don Marcelo Andrés Samur Fajuri en conformidad a lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario, aportando en consecuencia la totalidad de los activos y pasivos asignados a dicha empresa al día treinta y uno de mayo de dos mil veintiún. El referido aporte de activos y pasivos se efectúa al valor tributario en que estos se encontraban registrados en la empresa individual, de acuerdo al inciso quinto del artículo sesenta y cuatro del Código Tributario, y la sociedad que se constituye mantendrá el registro y control de los mismos, conforme al siguiente detalle: a) Activos aportados; (i) Saldo disponible en la cuenta corriente del Banco BCI número ocho cuatro cero seis cinco ocho cero cero por tres millones trescientos cincuenta y nueve mil setecientos setenta y dos pesos; (ii) inversión en dólares efectuada en fondos mutuos, por la suma total de quinientos cincuenta millones seiscientos cuarenta y nueve mil seiscientos cinco pesos que constan en cartola; (iii) cuenta por cobrar a Segal Factoring, que se cede mediante este acto por cien millones de pesos; (iv) inmueble ubicado en Luis Thayer Ojeda número mil doscientos treinta departamento doscientos dos, comuna de Providencia por ciento once millones novecientos noventa y dos mil cuatrocientos pesos; (v) acciones en la sociedad Segal S.A. por once millones ciento un mil dieciséis pesos; (vi) derechos en la sociedad Segal Factoring y Compañía Limitada por treinta y cinco millones de pesos; (vii) acciones en Defensoría del Deudor S.A. por dos millones de pesos; (viii) acciones en Inversiones Segal SpA por doce millones setenta y cinco mil pesos; (ix) derechos en Inmobiliaria e Inversiones Samur Limitada por veintisiete millones quinientos setenta mil pesos y (x) derechos en Invertas Inversiones Financieras Spa., por un millón de pesos. b) Pasivos que asume la sociedad; (i) cheques a fecha por pagar por tres millones trescientos cincuenta y nueve mil setecientos setenta y dos pesos y (ii) pagos anticipados de arriendo del inmueble individualizado en el numeral (iv) de la letra a) anterior por dieciocho millones ochocientos catorce mil setecientos veintitrés pesos. Don MARCELO ANDRÉS SAMUR FAJURI, ya individualizado, suscribe y da por pagada en este acto la cantidad de ochocientos treinta y dos millones quinientos setenta y tres mil doscientos noventa y ocho pesos, que representan diez mil acciones de la sociedad, enterados de la manera señalada precedentemente”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 25 de agosto de 2021.