MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EMBOTELLADORA RUSCELLO LIMITADA

RUT 77163994-1 CVE 2004764
Fecha instrumento
25 de agosto de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de agosto de 2021
Notario
ante Gonzalo Sergio Mendoza Guíñez
Domicilio
Antonieta Mendoza Escalas
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Titular 16º Notaría de Santiago, con oficio en San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura pública con esta fecha, ante mi, CRISTIÁN MANUEL BURGOS BAHAMONDES, domiciliado en Compañía de Jesús número novecientos cuarenta y cuatro, comuna de Quilicura, GONZALO ALONSO SAAVEDRA VERA, domiciliado en Avenida Los Eucaliptus número ciento uno, edificio dieciséis, departamento ciento tres, condominio Barrio Golf, Comuna de Santo Domingo, V Región de Valparaíso y de paso por esta ciudad y PATRICIO ALBERTO DÍAZ URIBE, domiciliado para estos efectos en Ilihue número mil ciento treinta y nueve, Villa Santa María de Maipú, comuna de Maipú, modifican la sociedad “EMBOTELLADORA RUSCELLO LIMITADA”, también denominada con su nombre de fantasía “RUSCELLO LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha once de junio del año dos mil veinte, ante Gonzalo Sergio Mendoza Guíñez, Notario Público suplente de Antonieta Mendoza Escalas, notario de Santiago. El respectivo extracto de constitución se inscribió a fojas treinta y cinco mil ochocientos treinta y siete número diecisiete mil trescientos ochenta y uno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Santiago del año dos mil veinte y se publicó en el Diario Oficial el día quince de junio del año dos mil veinte. Modificación consiste: CRISTIÁN MANUEL BURGOS BAHAMONDES cede, vende y transfiere a PATRICIO ALBERTO DÍAZ URIBE, quien acepta para sí, un sexto de los derechos en la sociedad individualizada en la cláusula anterior, en el precio de un millón quinientos mil pesos y, de un modo equivalente, CRISTIÁN MANUEL BURGOS BAHAMONDES cede, vende y transfiere a GONZALO ALONSO SAAVEDRA VERA, quien acepta para sí, un sexto de los derechos en la sociedad individualizada en la cláusula anterior, en el precio de tres millones quinientos mil pesos. Consecuencialmente, pasan a ser únicos socios de la sociedad que en este acto se modifica, GONZALO ALONSO SAAVEDRA VERA y PATRICIO ALBERTO DÍAZ URIBE, todos con igual participación en el capital social, esto es, cincuenta por ciento cada uno. La administración y uso de la razón social corresponderá a PATRICIO ALBERTO DÍAZ URIBE y a GONZALO ALONSO SAAVEDRA VERA en forma separada e independiente, amplias facultades, según escritura extractada.En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Las Condes, Santiago, 25 de agosto del año 2021.