MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

PATAGONIA GLASS S.A.

RUT 76136702-1 CVE 2004019
Fecha instrumento
24 de agosto de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de agosto de 2021
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Junta General Extraordinaria de Accionistas de PATAGONIA GLASS S.A socio 76136702-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de agosto del año 2021, ante mí, se redujo acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de PATAGONIA GLASS S.A., RUT N° 76.136.702-1, de fecha 3 de agosto del año 2021, en que se acordó los siguiente: Uno. Modificar el capital social de mil millones de pesos dividido en un millón de acciones a cuatro mil ochocientos sesenta y nueve millones de pesos, dividido en cuatro millones ochocientos sesenta y nueve mil acciones, aumentando el capital social en tres mil ochocientos sesenta y nueve millones de pesos mediante la emisión de tres millones ochocientos sesenta y nueve mil nuevas acciones, deberán ser pagadas en el plazo máximo de cinco días contados desde la fecha y en la forma que se detalla en la escritura. Dos. Modificar el artículo quinto de los estatutos sociales reemplazándolo por el siguiente “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es de la suma de cuatro mil ochocientos sesenta y nueve millones de pesos, dividido en cuatro millones ochocientos sesenta y nueve mil acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal.” Tres. Modificar el artículo primero transitorio de los estatutos sociales reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El actual capital de la sociedad es de cuatro mil ochocientos sesenta y nueve millones de pesos, divididos en cuatro millones ochocientos sesenta y nueve mil acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que señala el Artículo Quinto de los estatutos, se ha suscrito y pagado y se suscribirá y pagará de la siguiente forma: a.- Con la suma de mil millones de pesos dividido en un millón de acciones ordinarias, todas ellas sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. b.- Con la suma de tres mil ochocientos sesenta y nueve millones de pesos dividido en tres millones ochocientos sesenta y nueve mil acciones, que se suscriben y pagan mediante la capitalización de créditos en contra la sociedad, según consta en el acta de la referida junta, los cuales fueron debidamente singularizados en la misma y cuyos valores fueron también estimados en la forma dispuesta por la ley.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 30 de agosto de 2021.