Instrumento
- Fecha
- 20 de agosto de 2021
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- 40ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Duración
- 5 años contar esta fecha, prorrogable periodos iguales y sucesivos 5 años salvo socios manifiesten voluntad en contrario en escritura pública inscrita margen inscripción social no menos 6 meses anticipación
Objeto social
El objeto de la sociedad será: (i) la fabricación, producción, compra, importación, comercialización, venta, exportación y arrendamiento de toda clase de materiales, insumos, equipos, vehículos motorizados y herramientas para la construcción e industria en general así como toda clase de artículos de ferretería y demás actividades afines que tengan relación con la elaboración, adquisición, arrendamiento y enajenación de dichos bienes; (ii) el arrendamiento y subarrendamiento de todo clase de equipos, maquinarias y bienes muebles e inmuebles en general; (iii) la prestación de servicios y consultorías de gestión logística, compras transportes, administrativa, financiera, económica, contable y de recursos humanos; (iv) la inversión en toda clase de efectos de comercio, títulos de crédito, acciones y derechos sociales; (v) la participación como socia o accionista en toda clase de sociedades, nacionales o extranjeros, civiles, comerciales, industriales, agrícolas y mineras, sean ellas de personas o anónimas; y (vi) la representación de toda clase de productos y)o sociedades nacionales o extranjeras frente a toda clase de organismo público o privado, incluyendo otras sociedades nacionales o extranjeras, bancos e instituciones financieras así como la actuación, aun bajo la forma de mandato sin representación, de toda clase de sociedades nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad que por este acto se constituye podrá celebrar, a través de sus representantes legales toda clase de actos y contratos, incluso formar sociedades. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público Titular de la 40ª Notaría Santiago, Teatinos N° 332, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, PAOLA ALFARO PEREZ, MARIO ALFARO PEREZ, domiciliados Luis Uribe N° 2395, Ñuñoa, Santiago, y GABRIEL OCTAVIO SEGURA ORELLANA, domiciliado en Avenida Portales 4.313, San Bernardo, de paso en ésta, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Nombre o Razón Social: DKS LA FABRICA LIMITADA, pudiendo usar todos efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, sigla comercial o nombre fantasía “LA FABRICA BY DKS LTDA.” o “LA FABRICA x DKS LTDA.”. Objeto: El objeto de la sociedad será: (i) la fabricación, producción, compra, importación, comercialización, venta, exportación y arrendamiento de toda clase de materiales, insumos, equipos, vehículos motorizados y herramientas para la construcción e industria en general así como toda clase de artículos de ferretería y demás actividades afines que tengan relación con la elaboración, adquisición, arrendamiento y enajenación de dichos bienes; (ii) el arrendamiento y subarrendamiento de todo clase de equipos, maquinarias y bienes muebles e inmuebles en general; (iii) la prestación de servicios y consultorías de gestión logística, compras transportes, administrativa, financiera, económica, contable y de recursos humanos; (iv) la inversión en toda clase de efectos de comercio, títulos de crédito, acciones y derechos sociales; (v) la participación como socia o accionista en toda clase de sociedades, nacionales o extranjeros, civiles, comerciales, industriales, agrícolas y mineras, sean ellas de personas o anónimas; y (vi) la representación de toda clase de productos y/o sociedades nacionales o extranjeras frente a toda clase de organismo público o privado, incluyendo otras sociedades nacionales o extranjeras, bancos e instituciones financieras así como la actuación, aun bajo la forma de mandato sin representación, de toda clase de sociedades nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad que por este acto se constituye podrá celebrar, a través de sus representantes legales toda clase de actos y contratos, incluso formar sociedades. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Duración: 5 años contar esta fecha, prorrogable periodos iguales y sucesivos 5 años salvo socios manifiesten voluntad en contrario en escritura pública inscrita margen inscripción social no menos 6 meses anticipación. Capital Social: $2.000.000.- que los socios aportarán y enterarán en la siguiente la forma y proporciones: (a) PAOLA ALFARO PEREZ, $500.000.-, equivalentes 25% capital social total, enterará y pagará dentro del plazo 6 meses a contar de la fecha de la presente escritura. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; (b) MARIO ALFARO PEREZ, $500.000.- equivalentes 25% capital social total, enterará y pagará dentro del plazo 6 meses a contar de la fecha de la presente escritura. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; y (c) GABRIEL OCTAVIO SEGURA ORELLANA $1.000.000.- equivalentes 50% del capital social total, enterará y pagará dentro del plazo 6 meses a contar de la fecha de la presente escritura. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá a PAOLA ALFARO PEREZ y MARIO ALFARO PEREZ, quienes actuando, cualquiera de ellos indistintamente, conjuntamente con GABRIEL OCTAVIO SEGURA ORELLANA, anteponiendo nombre o razón social a su firma representarán a la sociedad con amplias facultades administración y disposición descritas pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de Agosto 2021.