CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DKS LA FABRICA LIMITADA

CVE 2003200
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de agosto de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de agosto de 2021
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
40ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Duración
5 años contar esta fecha, prorrogable periodos iguales y sucesivos 5 años salvo socios manifiesten voluntad en contrario en escritura pública inscrita margen inscripción social no menos 6 meses anticipación

Objeto social

El objeto de la sociedad será: (i) la fabricación, producción, compra, importación, comercialización, venta, exportación y arrendamiento de toda clase de materiales, insumos, equipos, vehículos motorizados y herramientas para la construcción e industria en general así como toda clase de artículos de ferretería y demás actividades afines que tengan relación con la elaboración, adquisición, arrendamiento y enajenación de dichos bienes; (ii) el arrendamiento y subarrendamiento de todo clase de equipos, maquinarias y bienes muebles e inmuebles en general; (iii) la prestación de servicios y consultorías de gestión logística, compras transportes, administrativa, financiera, económica, contable y de recursos humanos; (iv) la inversión en toda clase de efectos de comercio, títulos de crédito, acciones y derechos sociales; (v) la participación como socia o accionista en toda clase de sociedades, nacionales o extranjeros, civiles, comerciales, industriales, agrícolas y mineras, sean ellas de personas o anónimas; y (vi) la representación de toda clase de productos y)o sociedades nacionales o extranjeras frente a toda clase de organismo público o privado, incluyendo otras sociedades nacionales o extranjeras, bancos e instituciones financieras así como la actuación, aun bajo la forma de mandato sin representación, de toda clase de sociedades nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad que por este acto se constituye podrá celebrar, a través de sus representantes legales toda clase de actos y contratos, incluso formar sociedades. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público Titular de la 40ª Notaría Santiago, Teatinos N° 332, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, PAOLA ALFARO PEREZ, MARIO ALFARO PEREZ, domiciliados Luis Uribe N° 2395, Ñuñoa, Santiago, y GABRIEL OCTAVIO SEGURA ORELLANA, domiciliado en Avenida Portales 4.313, San Bernardo, de paso en ésta, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Nombre o Razón Social: DKS LA FABRICA LIMITADA, pudiendo usar todos efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, sigla comercial o nombre fantasía “LA FABRICA BY DKS LTDA.” o “LA FABRICA x DKS LTDA.”. Objeto: El objeto de la sociedad será: (i) la fabricación, producción, compra, importación, comercialización, venta, exportación y arrendamiento de toda clase de materiales, insumos, equipos, vehículos motorizados y herramientas para la construcción e industria en general así como toda clase de artículos de ferretería y demás actividades afines que tengan relación con la elaboración, adquisición, arrendamiento y enajenación de dichos bienes; (ii) el arrendamiento y subarrendamiento de todo clase de equipos, maquinarias y bienes muebles e inmuebles en general; (iii) la prestación de servicios y consultorías de gestión logística, compras transportes, administrativa, financiera, económica, contable y de recursos humanos; (iv) la inversión en toda clase de efectos de comercio, títulos de crédito, acciones y derechos sociales; (v) la participación como socia o accionista en toda clase de sociedades, nacionales o extranjeros, civiles, comerciales, industriales, agrícolas y mineras, sean ellas de personas o anónimas; y (vi) la representación de toda clase de productos y/o sociedades nacionales o extranjeras frente a toda clase de organismo público o privado, incluyendo otras sociedades nacionales o extranjeras, bancos e instituciones financieras así como la actuación, aun bajo la forma de mandato sin representación, de toda clase de sociedades nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad que por este acto se constituye podrá celebrar, a través de sus representantes legales toda clase de actos y contratos, incluso formar sociedades. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Duración: 5 años contar esta fecha, prorrogable periodos iguales y sucesivos 5 años salvo socios manifiesten voluntad en contrario en escritura pública inscrita margen inscripción social no menos 6 meses anticipación. Capital Social: $2.000.000.- que los socios aportarán y enterarán en la siguiente la forma y proporciones: (a) PAOLA ALFARO PEREZ, $500.000.-, equivalentes 25% capital social total, enterará y pagará dentro del plazo 6 meses a contar de la fecha de la presente escritura. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; (b) MARIO ALFARO PEREZ, $500.000.- equivalentes 25% capital social total, enterará y pagará dentro del plazo 6 meses a contar de la fecha de la presente escritura. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; y (c) GABRIEL OCTAVIO SEGURA ORELLANA $1.000.000.- equivalentes 50% del capital social total, enterará y pagará dentro del plazo 6 meses a contar de la fecha de la presente escritura. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá a PAOLA ALFARO PEREZ y MARIO ALFARO PEREZ, quienes actuando, cualquiera de ellos indistintamente, conjuntamente con GABRIEL OCTAVIO SEGURA ORELLANA, anteponiendo nombre o razón social a su firma representarán a la sociedad con amplias facultades administración y disposición descritas pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de Agosto 2021.