MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CLINICA VETERINARIA PULMARI LIMITADA

RUT 76455121-4 CVE 2003253
Fecha instrumento
27 de agosto de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2021
Repertorio
1735-2021
Notario
RENE A. MARTINEZ LOAIZA
Domicilio
Melipilla

Sociedad

Domicilio
La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Valparaíso
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios médicos veterinarios; b) la venta de accesorios y alimentos para animales domésticos; c) venta de medicamentos veterinarios; d) servicio de peluquería canina e) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. TITULO SEGUNDO: Capital, Acciones y Responsabilidad: ARTICULO QUINTO:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda. Serrano 374, certifica, Por escritura pública hoy ante mí, Repertorio N°1735-2021, comparecen Doña: PAULA ANDREA TORREALBA REYES, chilena, soltera, empresario, cédula nacional de identidad y rol único tributario número quince millones novecientos treinta y dos mil ciento cuatro guion cinco; y don DANIEL ENRIQUE TORREALBA REYES, chileno, soltero, kinesiólogo, cedula de identidad número diecisiete millones seiscientos setenta y cuatro mil cuatrocientos setenta guion siete, todos con domicilio en calle Ñuble numero un mil trescientos setenta y uno, y de paso en esta, mayor de edad, quien acredita su identidad con la cedula de identidad ya referida y expone: PRIMERO: En este acto PAULA ANDREA TORREALBA REYES y DANIEL ENRIQUE TORREALBA REYES, reuniendo el cien por ciento de los derechos sociales, los presentes en la calidad que invisten vienen en transformar la sociedad denominada “CLINICA VETERINARIA PULMARI LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es “CLINICA VETERINAARIA PULMARI LTDA.”, transformándola de empresa de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones, que será continuadora legal de su antecesora y se regirá por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio y los estatutos que a continuación se indican: “ESTATUTOS DE SOCIEDAD POR ACCIONES”; TITULO PRIMERO: Nombre, domicilio, duración y objeto, ARTICULO PRIMERO: Nombre: se constituye sociedad por acciones, cuyo nombre será CLINICA VETERINARIA PULMARI Sociedad por Acciones, y podrá actuar bajo el nombre de fantasía de CLINICA VETERINARIA PULMARI SpA, la que se sujetara a las disposiciones que versan sobre la materia en el Párrafo Octavo del Título VII, del Libro II del Código de Comercio en todo lo que no se hubiera estipulado en estos estatutos. ARTICULO SEGUNDO: Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Valparaíso, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o extranjero, previa autorización de los organismos competentes. ARTICULO TERCERO: Duración: La sociedad tendrá duración indefinida. ARTICULO CUARTO: Objeto social: El objeto de la sociedad será: El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios médicos veterinarios; b) la venta de accesorios y alimentos para animales domésticos; c) venta de medicamentos veterinarios; d) servicio de peluquería canina e) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. TITULO SEGUNDO: Capital, Acciones y Responsabilidad: ARTICULO QUINTO: Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de veinte millones de pesos y se divide en mil quinientas acciones, ordinarias de una sola serie, sin valor nominal. ARTICULO SEXTO: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad y podrán ejercer sus derechos de tales sólo respecto de las acciones que tengan totalmente pagadas.-SEGUNDO: En este mismo acto y a contar de esta fecha, los comparecientes acuerdan modificar los estatutos sociales en lo siguiente: Por el presente instrumento se deja constancia que el socio don DANIEL ENRIQUE TORREALBA REYES, dueño del cincuenta porciento de las acciones, es decir mil acciones, equivalentes a diez millones de pesos, renuncia y se retira de la sociedad, quien vende, cede y transfiere el total de sus acciones a Doña PAULA ANDREA TORREALBA REYES, quien las compra, acepta y adquiere para si, en el precio de diez millones de pesos, que el cesionario paga en este acto y en dinero en efectivo, cesión que es aceptada por la totalidad de los comparecientes. A su vez la socia doña PAULA ANDRES TORREALBA REYES, ya individualizada se informa de la renuncia y retiro de el socio don DANIEL ENRIQUE TORREALBA REYES, y doña PAULA ANDRES TORREALBA REYES declara que conoce en este acto a cabalidad el estado financiero de la sociedad, con todos sus créditos y deudas, así como el activo y pasivo de ella; Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Melipilla 27 de agosto de 2021.-