MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÌCOLA ALTO LA MORRIÑA LIMITADA

RUT 76136360-3 CVE 2003411
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de agosto de 2021

Instrumento

Fecha
18 de agosto de 2021
Notario
HUGO PATRICIO MONROY FOIX
Domicilio
con oficio en calle O`Higgins 414

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUGO PATRICIO MONROY FOIX, Notario Público Titular, con oficio en calle O`Higgins 414, Quillota, certifico: Por escritura de hoy ante mí, ALEXANDER HAMILTON WRIGHT MORGADO, C de I Nº 6.688.198-9, Camino el Litre, s, paradero 17, El Boco, Quillota, por sí y en representación de MICHAEL ADOLPHUS WALBAUM FATH, C de I Nº 6.901.985-4, Fidel Oteíza Nº 1.916, piso 10 Providencia, MICHAEL PHILIP WRIGHT MORGADO, C de I Nº 9.123.481-5; AGRÍCOLA EL LIMONAR LIMITADA rut Nº 78.043.600-k representada por MICHAEL PHILIP WRIGHT MORGADO, e ISADORA MARÍA WRIGHT AYLWIN, C de I Nº 17.600.606-4 todos El Litre, s, el Boco, comuna de Quillota, modificaron la sociedad "AGRÌCOLA ALTO LA MORRIÑA LIMITADA." RUT No. 76.136.360-3, inscrita fjs 155, Nº 124 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Quillota año 2004, siguiente sentido: A) ALEXANDER HAMILTON WRIGHT MORGADO vende el 40% derechos sociedad a AGRÍCOLA EL LIMONAR LIMITADA, en $1.600.000, pagados al contado. B) ALEXANDER HAMILTON WRIGHT MORGADO, en representación de MICHAEL ADOLPHUS WALBAUM FATH, vende el 40% derechos sociedad a AGRÍCOLA EL LIMONAR LIMITADA, en $1.600.000, pagados al contado. C) MICHAEL PHILIP WRIGHT MORGADO vende el 10% derechos sociedad a AGRÍCOLA EL LIMONAR LIMITADA, en $400.000, pagados al contado. D) MICHAEL PHILIP WRIGHT MORGADO vende el 10% derechos sociedad a ISADORA MARÍA WRIGHT AYLWIN, en $400.000, pagados al contado . Como consecuencia de cesiones anteriores, quedan como únicos socios: AGRÍCOLA EL LIMONAR LIMITADA, con 90%, e ISADORA MARÍA WRIGHT AYLWIN, con 10% de participación en la sociedad, respectivamente. Los socios acuerdan siguientes modificaciones en Pacto Social: Uno) Se sustituye la cláusula séptima del capital, por la siguiente: " “Séptima: El capital de la sociedad será la suma de $20.000.000 que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno: la sociedad denominada Agrícola EL Limonar Limitada, la suma de $18.000.000 que han sido enterados y aportados e ingresados en caja social. Dos: Doña Isadora María Wright Aylwin, la suma de $2.000.000 que han sido enterados y aportados e ingresados en caja social.” dos) Se modifica cláusula sexta pacto social relativa a la representación, administración y uso de la razón social en el sentido que ésta corresponderá exclusivamente a la socia doña Isadora María Wright Aylwin quien anteponiendo a su firma la razón social gozará de las mismas facultades de que da cuenta la cláusula sexta de la escritura pública de constitución de sociedad. Tres) Se sustituye la cláusula octava por la siguiente: “Octava . Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios de la siguiente forma: un 90% para Agrícola El Limonar Limitada y un 10 % para doña Isadora María Wright Aylwin”. ". CAPITAL SOCIAL: $20.000.000. En lo no modificado se mantiene vigente el pacto social primitivo.- Demás estipulaciones, escritura extractada. Quillota, 18 de Agosto de 2021.-