MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD SEPULVEDA ARMIJO AUDITORIAS LIMITADA

RUT 76340072-7 CVE 2002892
Fecha instrumento
20 de julio de 2021

Instrumento

Fecha
20 de julio de 2021
Notario
RENE A. MARTINEZ LOAIZA
Domicilio
Meliplla

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público de Meliplla, Avda. Serrano 374, certifica por escritura pública fecha hoy ante mí, BLANCA EDITH SEPULVEDA VENEGAS, domiciliada en calle Ugalde N°0103, casa 8, comuna de Melipilla¸ DIEGO SEBASTIAN ARMIJO NUÑEZ, domiciliado en calle Arza N°1021, condominio Venecia, casa N°274, comuna de Melipilla; y don MAURICIO ANDRES ITURRA SEPULVEDA, domiciliado en Lote 8, Parcela N°112, departamento N° 2, callejón Rumay, comuna de Melipilla; como únicos socios, de la “SOCIEDAD SEPULVEDA ARMIJO AUDITORIAS LIMITADA”, la que fue inscrita en el Registro de Comercio a fojas 126 vuelta N° 70 del año 2014, publicado el extracto en el Diario Oficial N°40.805, con fecha 12 de marzo de 2014, acordaron los siguiente: a) don DIEGO SEBASTIAN ARMIJO NUÑEZ, vende, cede y transfiere a don MAURICIO ANDRES ITURRA SEPULVEDA, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de los derechos que al cedente le corresponde en la Sociedad; b) En consecuencia, los únicos socios de la Sociedad son doña BLANCA EDITH SEPULVEDA VENEGAS y don MAURICIO ANDRES ITURRA SEPULVEDA, con una participación del cincuenta por ciento cada uno de los derechos sociales; c) Se modifica la “Cláusula Primero”, de los estatutos originales, en cuanto a que se modifica el nombre o razón social de la Sociedad, quedando “SEPULVEDA AUDITORIAS LIMITADA”, y d) Se ratifica la Cláusula Tercera, en el sentido que la administración y representación y uso de la razón social corresponderá a ambos socios, esto es a doña BLANCA EDITH SEPULVEDA VENEGAS y a don MAURICIO ANDRES ITURRA SEPULVEDA, en los mismos términos indicados en la mencionada cláusula.- En lo no modificado por medio del presente instrumento, continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales, en la escritura extractada.- Melipilla, 20/07/2021.