CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL J&V SpA

CVE 2002890
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de agosto de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
21 de agosto de 2021
Notario
RENE A. MARTINEZ LOAIZA
Domicilio
Melipilla

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Melipilla, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o el extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

Actividades de servicios agrícolas y ganaderos; de transporte complementarias y auxiliares; agencia de viaje; actividades inmobiliarias realizadas a cambio de retribución o por contrata, actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados, comercio al por menor no especializado en almacenes, construcción, corretaje de propiedades, comercializadora de artículos de belleza; comercio en general sea al por mayor o al por menor, y cualquier otro giro relacionado con los anteriores o que fijen los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, certifica por escritura pública fecha hoy ante mí, REPERTORION° 1687-2021, JESSICA DE LAS MERCEDES VARGAS ESPINOZA, con domicilio en Avenida Vicuña Mackenna número mil doscientos noventa, comuna y provincia de Melipilla, Región Metropolitana de Santiago, constituyó Sociedad por Acciones.-RAZON SOCIAL: “COMERCIAL J&V SpA”.- DOMICILIO: Ciudad de Melipilla, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o el extranjero.- DURACION: Indefinida a contar de esta fecha. OBJETO: Actividades de servicios agrícolas y ganaderos; de transporte complementarias y auxiliares; agencia de viaje; actividades inmobiliarias realizadas a cambio de retribución o por contrata, actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados, comercio al por menor no especializado en almacenes, construcción, corretaje de propiedades, comercializadora de artículos de belleza; comercio en general sea al por mayor o al por menor, y cualquier otro giro relacionado con los anteriores o que fijen los socios. CAPITAL: $50.000.000, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal que se paga de la siguiente manera: suscribe: cien acciones, en la suma de cincuenta millones de pesos, del capital social, que paga mediante el aporte en propiedad de la totalidad de los derechos de que la socia es dueña en los inmuebles que se individualizan a continuación: Uno) Todos los derechos y acciones que la socia posee en el resto de una casa y sitio ubicado en la Avenida Vicuña Mackenna número mil doscientos noventa (ex sin número) Melipilla, que mide y deslinda en general: AL NORTE, en doscientos treinta y cinco metros, con línea de los Ferrocarriles del Estado; AL SUR, en doscientos veintinueve metros, con avenida Vicuña Mackenna o camino pavimentado de Melipilla a San Antonio; AL ORIENTE, en sesenta y tres metros, con don Manuel Calderón Loyola; y AL PONIENTE, en ciento doce metros con hijuela de don Carlos Meyer. Lo adquirió en virtud de habérsele concedido la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don José Gustavo Vargas Quiroz, inscrita a fojas mil novecientos setenta y seis números tres mil setecientos veintisiete, en el Registro de propiedades del conservador de Bienes Raíces de Melipilla, correspondiente al año dos mil catorce, y cuya inscripción especial de herencia se encuentra inscrita a fojas mil novecientos setenta y siete, número tres mil setecientos veintinueve, en el mismo registro y año. Rol de avalúo de la propiedad mil veintinueve guion catorce. Dichos derechos son aportados en la suma de veinticinco millones de pesos.; y Dos) Todos los derechos y acciones que la socia posee en el inmueble ubicado en avenida Vicuña Mackenna número mil doscientos treinta y ocho, (ex número mil trescientos ochenta y dos), parte del lote Tres, del plano de subdivisión, comuna y provincia de Melipilla, Región Metropolitana, de una superficie aproximada de tres mil quinientos ochenta y seis coma sesenta y cinco metros cuadrados, individualizado en el plano número XIII guion cuatro guion tres mil ciento ocho S.U. que deslinda: AL NORTE, línea de ferrocarril, en cincuenta y uno coma noventa metros, separado por cerco: AL ESTE, Rosa Torres Flores, lote cuatro, en sesenta y cinco coma sesenta metros, separado por cerco; AL SUR, avenida Vicuña Mackenna en cincuenta y un metros; y AL OESTE, Octavio del Carmen Armijo, resto del Lote Tres, en sesenta y cinco metros, separado por cerco. Lo adquirió en virtud de habérsele concedido la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don José Gustavo Vargas Quiroz, inscrita a fojas mil novecientos setenta y seis números tres mil setecientos veintisiete, en el Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla, correspondiente al año dos mil catorce, y cuya inscripción especial de herencia se encuentra inscrita a fojas mil novecientos setenta y seis vuelta número tres mil setecientos veintiocho, en el mismo registro y año. Rol de avalúo de la propiedad mil veintinueve guion ciento cuarenta y seis. Dichos derechos son aportados en la suma de veinticinco millones de pesos. ADMINISTRACIÓN SOCIAL.- Será la administradora y representante ante el Servicio de Impuestos Internos la socia JESSICA DE LAS MERCEDES VARGAS ESPINOZA, , quien podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en el Artículo Octavo de los estatutos sociales, estando investido de todas y las más amplias facultades.-Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Melipilla, 21/08/2021.