Sociedad Verdejo y Vega Limitada
Instrumento
- Fecha
- 2 de julio de 2021
Sociedad
- Capital
- $38.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Sociedad Verdejo y Vega Limitada | socio | 88649200-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJULIO MOVILLO MATTASSI, Notario Titular Talca, 1 Norte 963 Oficina 103, CERTIFICO: Por escritura, ante mí, de fecha 02 de julio 2021 comparece doña Haydee María Angélica Vega Urrutia, Carmen Andrea Verdejo Vega, Paula Verónica Verdejo Vega, Luis Fernando Verdejo Vega, Carolina del Pilar Verdejo Vega, y Eduardo Andrés Verdejo Vega, todos domiciliados en calle Isidoro del Solar Nº 241 de Talca, quienes procedieron a modificar la Sociedad Verdejo y Vega Limitada, RUT Nº 88.649.200-6, cuyo capital asciende a $38.000.000, fue constituida por repactación por escritura pública el 4 de diciembre 1987, ante el Notario de Talca don Ignacio Vidal Domínguez, e inscrita a fojas 14 Nº 10 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 1988. Esta sociedad fue modificada por escritura pública otorgada el 15 de noviembre de 1996, ante el Notario de Talca don Oscar Pino Parra, e inscrita a fojas 1045 Nº 421 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 1996. Consecuencialmente, la Sociedad de marras, fue modificada por escritura pública del 8 de octubre de 1998, otorgada ante el Notario de Talca don Adolfo Pino Parra e inscrita a fojas 1203 Nº 512 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 1998. Conforme al artículo 980 y siguientes del Código Civil, tratándose de una sucesión intestada se procede a adjudicar los derechos de don Fernando Verdejo Moya en la sucesión Verdejo y Vega Limitada, constituyéndose este acto en una adjudicación parcial de sus bienes, en este caso de sus derechos en la sociedad Verdejo y Vega Limitada, y que corresponden al 50% de los mismos, en la persona de sus herederos, conforme a la norma señalada en el artículo 988 del Código civil, relativo al primer orden sucesorio intestado, de la siguiente forma: 1) A su cónyuge sobreviviente doña Haydee María Angélica Vega Urrutia el 12.5% del 50% de esos derechos sociales 2) A sus hijos Carmen Andrea, Paula Verónica, Luis Fernando, Carolina del Pilar y Eduardo Andrés, todos de apellidos Verdejo Vega, el 7.5% de los derechos en la sociedad Verdejo y Vega limitada, a cada uno. Por lo que en definitiva los derechos sociales en la sociedad Verdejo y Vega Limitada, quedan radicados en doña Haydee María Angélica Vega Urrutia, con un 62.5%, y en sus hijos Carmen Andrea, Paula Verónica, Luis Fernando, Carolina del Pilar y Eduardo Andrés, con un 7.5 % cada uno de ellos. La administración y uso de la razón social corresponderá a la sociedad doña HAYDEE MARÍA ANGÉLICA VEGA URRUTIA, y en su ausencia o impedimento, lo que no será necesario acreditar ante terceros, sucesivamente al socio don LUIS FERNANDO VERDEJO VEGA, y luego al socio don EDUARDO ANDRÉS VERDEJO, los que de manera individual, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representaran con las más amplias facultades, según se establecen en la escritura extracta. TALCA, 02 de julio de 2021.-