Instrumento
- Fecha
- 18 de agosto de 2021
- Repertorio
- 3422-2021
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago de Chile
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; compraventa, permuta, distribución, consignación, importación, exportación y preparación de productos farmacéuticos y de medicamentos para uso, ingestión o consumo humano; compraventa de alimentos propios o de terceros; drogas, hierbas, homeopatía y toda clase de remedios, artefactos, instrumentos y demás, que digan relación con la salud humana, con su tratamiento, cuidado y mejoramiento; lentes y despacho de recetas de éstos, otros de óptica, Máquinas fotográficas y sus rollos, chocolates y otras golosinas; toda clase de productos de cosméticos, perfumes y de aseo para vender en esta clase de establecimientos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; instalación, desarrollo, dar y tomar en arrendamiento laboratorios químicos, bioquímicos, médicos, nucleares y de todo orden; la explotación, en general, de todos los negocios que se relacionan con la industria de productos químicos, medicamentos, drogas, equipos, artefactos, elementos, repuestos y otros de instrumentos médicos, sea mediante la fabricación de dichos productos, sea por medio de la importación, exportación, distribución, venta o reventa de los mismos, o por ejercicio de representaciones de fábricas o comerciantes del giro, como igualmente por la prestación de toda clase de servicios a terceros; la realización para particulares, empresas, organismos, hospitales, clínicas, centros de salud y de gerontología, geriatría, ISAPRES y otros, de toda clase de exámenes médicos; dar cursos de perfeccionamiento; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N°1450, Local 1, de esta ciudad, certifico: Que, por escritura pública de fecha 18 de agosto del año 2021, Repertorio 3422-2021, ante mí don JUAN RAFAEL MERY AZANCOT, constituyó sociedad por acciones bajo siguientes estipulaciones: NOMBRE: TECH HEALTH SpA, pudiendo también actuar, inclusive ante los bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía o sigla de “TECH HEALTH SpA”. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; compraventa, permuta, distribución, consignación, importación, exportación y preparación de productos farmacéuticos y de medicamentos para uso, ingestión o consumo humano; compraventa de alimentos propios o de terceros; drogas, hierbas, homeopatía y toda clase de remedios, artefactos, instrumentos y demás, que digan relación con la salud humana, con su tratamiento, cuidado y mejoramiento; lentes y despacho de recetas de éstos, otros de óptica, Máquinas fotográficas y sus rollos, chocolates y otras golosinas; toda clase de productos de cosméticos, perfumes y de aseo para vender en esta clase de establecimientos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; instalación, desarrollo, dar y tomar en arrendamiento laboratorios químicos, bioquímicos, médicos, nucleares y de todo orden; la explotación, en general, de todos los negocios que se relacionan con la industria de productos químicos, medicamentos, drogas, equipos, artefactos, elementos, repuestos y otros de instrumentos médicos, sea mediante la fabricación de dichos productos, sea por medio de la importación, exportación, distribución, venta o reventa de los mismos, o por ejercicio de representaciones de fábricas o comerciantes del giro, como igualmente por la prestación de toda clase de servicios a terceros; la realización para particulares, empresas, organismos, hospitales, clínicas, centros de salud y de gerontología, geriatría, ISAPRES y otros, de toda clase de exámenes médicos; dar cursos de perfeccionamiento; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. CAPITAL: $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, a que se refiere el artículo quinto permanente de estos estatutos, es suscrito y pagado de la siguiente forma: JUAN RAFAEL MERY AZANCOT, suscribe en este acto la cantidad de 1.000 acciones, que equivalen a la suma de $1.000.000.- las que paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando a la caja social. En consecuencia, el capital social de TECH HEALTH SpA. Se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 18 de agosto de 2021.