CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA, COMERCIAL E INDUSTRIAL M & G LIMITADA

CVE 2002107
Capital
$170.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de agosto de 2021
Notaría
Parral
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
6 de agosto de 2021
Notario
JORGE GILLET BEBIN
Oficio
Notaría Parral
Comuna
Parral

Sociedad

N. fantasía
“M & G Ltda.”
Capital
$170.000.000 CLP
Domicilio
PARRAL
Duración
La sociedad comenzará a regir el día de la fecha de escritura que extracto, y tendrá como duración el plazo de 10 años y a su vencimiento se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, la que se deberá anotar al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio a lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad, ya sea en el período inicial o el respectivo que correspondiere
Ley aplicable
Ley 3918

Objeto social

El objeto y giro de la sociedad será la realización de toda clase de negocios vinculados con la actividad agrícola, pecuaria, forestal, frutícola, y la industrialización de todo tipo de productos, la producción y comercialización de toda clase de bienes o productos, como también exportarlos e importarlos, ya sea a nombre propio o ajeno; y, en general, todas aquellas actividades que en forma directa o indirecta digan relación con el giro convenido; y, lo que los socios acuerden a futuro realizar de común acuerdo.- ADMINISTRACIÓN Y USO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE GILLET BEBIN, Notario Público Titular Notaría Parral, A. Pinto 715, local 103, Certifico: Por escritura pública ante mí, de fecha 06 de Agosto de 2021, Rep. N° 1942/2021, señores GUILLERMO ANTONIO SEPÚLVEDA VALDÉS, y MABEL ELENA RIVAS MELLA, ambos domiciliados en Villa Don Matías, Pasaje 8, casa N°140 de la Comuna de Parral, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, la que se regirá por las estipulaciones de la Ley 3918 y sus modificaciones, por las disposiciones pertinentes del Código de Comercio, Código Civil y demás normas que regulen la materia.- RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD AGRÍCOLA, COMERCIAL E INDUSTRIAL M & G LIMITADA”.- NOMBRE DE FANTASÍA: “M & G Ltda.”.- Domicilio: PARRAL.- Objeto: El objeto y giro de la sociedad será la realización de toda clase de negocios vinculados con la actividad agrícola, pecuaria, forestal, frutícola, y la industrialización de todo tipo de productos, la producción y comercialización de toda clase de bienes o productos, como también exportarlos e importarlos, ya sea a nombre propio o ajeno; y, en general, todas aquellas actividades que en forma directa o indirecta digan relación con el giro convenido; y, lo que los socios acuerden a futuro realizar de común acuerdo.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración y uso de la razón social, como asimismo la administración de la sociedad le corresponderá al socio GUILLERMO ANTONIO SEPÚLVEDA VALDÉS y a la socia MABEL ELENA RIVAS MELLA, quienes actuando por la Sociedad en forma conjunta o separadamente, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de disposición y administración, salvo en situación que comprometan el patrimonio de la Sociedad, actuarán conjuntamente, y pudiendo delegarlas; facultades que se señalan en escritura extractada.- Capital: $170.000.000.-, que los socios aportarán y pagarán de la siguiente forma; 1).- GUILLERMO ANTONIO SEPULVEDA VALDES, aporta la suma de $110.500.000.-, y que equivale al 65% del capital total de la Sociedad, con los siguientes bienes: 1).- APORTES DE BIENES INMUEBLES: a).- Inmueble inscrito a fojas 6.676, N°2.853, del Registro de Propiedad, del año 2010, del Conservador de Bienes Raíces de Parral, ROL MATRIZ N°488-31 de la Comuna de Retiro, por la suma de $20.000.000.-; b).- Inmueble inscrito a fojas 2605, N°1.236, del Registro de Propiedad, del año 2015, del Conservador de Bienes Raíces de Parral, ROL MATRIZ N° 488-30 de la comuna de Retiro, por la suma de $20.000.000.-; c).- Inmueble inscrito a fojas 863, N°462, del Registro de Propiedad, del año 2002, del Conservador de Bienes Raíces de Parral por la suma de $30.500.000.-; 2).- APORTES EN CUOTAS DE DOMINIO EN BIENES INMUEBLES: a).- El dominio de todos los derechos, partes o cuotas, de la proporción de un 50%, corre inscrita a fojas 343, N° 216, el Registro de Propiedad, del año 2008, del Conservador de Bienes Raíces de Parral, ROL MATRIZ N° 490-4 de la comuna de Retiro; por la suma de $10.000.000.-; b).- El dominio de todos los derechos, partes o cuotas, corre nombre, equivalente al 50%, corre inscrita a fojas 1.171, N°547, del Registro de Propiedad, del año 2015, del Conservador de Bienes Raíces de Parral. ROL MATRIZ N° 490- 4 de la comuna de Retiro, por la suma de $20.000.000.-; c).- El dominio de todos los derechos, partes o cuotas, corre inscrita en el título a fojas 2.417, N° 1.004, del Registro de Propiedad, del año 2013, del Conservador de Bienes Raíces de Parral, ROL MATRIZ N° 7-2 de la comuna de Parral, por la suma de $10.000.000.- 2).- MABEL ELENA RIVAS MELLA, con la suma de $59.500.000.-, y que equivale al 35% del capital total de la Sociedad, y que los integra de las siguiente manera: a).- Con la suma de $30.000.000.-, y que ha pagado al contado, en efectivo y que ha enterado en la caja social de la Sociedad con anterioridad a acto de escritura que extracto; b).- Con la suma de $20.000.000.-, que enterará en la caja social de la Sociedad en un plazo de 10 años a contar de fecha de escritura, y se cancelarán en 10 cuotas, anuales, iguales y sucesivas de $2.000.000.-, cada una de ellas. De no hacerlo, serán canceladas con cargo a sus utilidades de la Sociedad; y mediante la entrega en dominio del siguiente bien inmueble; c).- Derechos de dominio, partes o cuotas inscrito a fojas 3.905, número N°1.608, del Registro de Propiedad, del año 2020, del Conservador de Bienes Raíces de Parral. ROL MATRIZ N° 7-101 de la comuna de Parral, por la suma de $9.500.000.- RESPONSABILIDAD: Limitan sus responsabilidades hasta la concurrencia del monto de sus aportes.- UTILIDADES Y PÉRDIDAS: Las utilidades se distribuirán entre los socios en las mismas proporciones a sus aportes y en esas mismas proporciones cargarán con las pérdidas que pudieren eventualmente producirse.- DURACION: La sociedad comenzará a regir el día de la fecha de escritura que extracto, y tendrá como duración el plazo de 10 años y a su vencimiento se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, la que se deberá anotar al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio a lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad, ya sea en el período inicial o el respectivo que correspondiere.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- PARRAL, 25 AGOSTO DE 2021.-