CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SAN CRISTÓBAL LIMITADA

CVE 2001858
Capital
$1.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Instrumento

Notario
MARCELA MEDINA RICCI
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la inversión en todo tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, por cuenta propia o de terceros; la actividad rentista en todo tipo de bienes; la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización por cuenta propia o de terceros de todo tipo de bienes; la construcción con fines habitacionales, comerciales o recreativos, sea por cuenta propia o ajena, en forma directa o encargando su realización y en general, todo negocio, operación o actividad que acordaren los

Administración

Corresponderá a don MARCELO NAZAL BORODAY, amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA MEDINA RICCI, Notario Público de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa número siete mil novecientos cincuenta y cinco, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí don MARCELO NAZAL BORODAY, don TAREK NAZAL WIEDMAIER, don LUKAS GUILLERMO NAZAL WIEDMAIER y doña VALENTINA NAZAL WIEDMAIER, todos domiciliados en calle Santiaguillo N°1.079, Santiago, RM, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, con los siguientes estatutos: Razón social: “INVERSIONES SAN CRISTÓBAL LIMITADA” pudiendo usar como nombre de fantasía la expresión “SAN CRISTÓBAL LTDA”. Administración y uso de la razón social: Corresponderá a don MARCELO NAZAL BORODAY, amplias facultades. Capital: $1.000.000.- aportados en dinero efectivo y al contado en el acto de constitución, en las siguientes proporciones: a) Doña VALENTINA NAZAL WIEDMAIER, titular de un 33% del total de los derechos sociales, equivalentes a $330.000 del capital y haber social; b) Don TAREK NAZAL WIEDMAIER, titular de un 33% del total de los derechos sociales, equivalentes a $330.000 del capital y haber social; c) Don LUKAS GUILLERMO NAZAL WIEDMAIER, titular de un 33% del total de los derechos sociales, equivalentes a $330.000 del capital y haber social; y d) Don MARCELO NAZAL BORODAY, titular de un 1% del total de los derechos sociales, equivalentes a $10.000 del capital y haber social. Objeto: El objeto de la sociedad será la inversión en todo tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, por cuenta propia o de terceros; la actividad rentista en todo tipo de bienes; la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización por cuenta propia o de terceros de todo tipo de bienes; la construcción con fines habitacionales, comerciales o recreativos, sea por cuenta propia o ajena, en forma directa o encargando su realización y en general, todo negocio, operación o actividad que acordaren los accionistas.. Duración: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente renovado en términos iguales, sucesivos e indefinidos a menos que una de las partes notifique judicialmente su intención de ponerle término con una anticipación de a lo menos seis meses. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, dieciséis de Agosto del 2021. MARCELA MEDINA RICCI.