INMOBILIARIA LOMAS DE TOTORAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de agosto de 2021
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Sociedad
- N. fantasía
- “LOMAS DE TOTORAL LTDA”
- Capital
- $400.000.000 CLP
- Duración
- Cinco años, renovables automática y sucesivamente por períodos iguales al original y en las mismas condiciones, salvo que cualquiera de los socios manifestare a los otros su voluntad de no continuar con la sociedad, forma indicada escritura extractada
Objeto social
El objeto de la sociedad será cualquier forma de explotación, loteo, sub división, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la compra y venta de toda clase de inmuebles; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea la naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; las demás actividades que los socios acuerden
Administración
corresponderá a don Ricardo Erardo Yunge Scheel
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura pública de fecha 20 de agosto de 2021, otorgada ante mi suplente, Macarena Constanza Molina Cortés, don RICARDO ERARDO YUNGE SCHEEL; y, doña CARMEN CECILIA DEL POZO ARTIGAS, ambos domiciliados en Fundo Totoral, ruta V, kilómetro 6,5 comuna de Llanquihue, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: "INMOBILIARIA LOMAS DE TOTORAL LIMITADA"; nombre de fantasía: “LOMAS DE TOTORAL LTDA”. Administración y uso de la razón social: corresponderá a don Ricardo Erardo Yunge Scheel. Capital: $400.000.000.-, que los socios se aportan o aportarán en las proporciones y de la forma siguiente: A) Ricardo Erardo Yunge Scheel se obliga a enterar el equivalente al 50% del capital social, mediante el aporte, en dominio pleno, del predio agrícola ubicado en la localidad Totoral, comuna y provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos, que tiene una superficie de 75 hectáreas, y deslinda: NORTE: terreno de Erich Heim, separado por cerco; ESTE: terreno de Reinaldo Yunge, vendido a Arno Yunge, separado por el camino del Fundo y cerco; SUR: terreno de Albina Mûller, separado por cerco y terreno de Reinaldo Yunge, vendido a Arno Yunge, separado por cerco y camino del Fundo; y OESTE: línea del ferrocarril de Osorno a Puerto Montt. Adquirió por sucesión por causa de muerte de don Erardo Yunge Winkler, cuya posesión efectiva se encuentra inscrita a fojas quinientos cuarenta número setecientos veintisiete del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año dos mil siete. La inscripción especial de herencia rola inscrita a fojas quinientos cuarenta vuelta número setecientos veintiocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas, correspondiente al año dos mil siete. Con el aporte en dominio pleno del inmueble precedentemente singularizado, que los socios avalúan, de común acuerdo, en la suma de doscientos millones de pesos, el socio Ricardo Erardo Yunge Scheel, entera y paga la totalidad de su aporte a la caja social en este acto, correspondiendo al 50% del capital social.; y B) Carmen Cecilia Del Pozo Artigas, se obliga a enterar el equivalente al 50% del capital social en efectivo, mediante el aporte en dinero de $200.000.000.- que entera y paga a la caja social de la siguiente forma: Con la suma de $100.000.000.-, que paga en este acto, en dinero en efectivo, y el saldo de $100.000.000.-, que pagará en la medida que los negocios sociales avancen y la caja social así lo requiera. Objeto: El objeto de la sociedad será cualquier forma de explotación, loteo, sub división, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la compra y venta de toda clase de inmuebles; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea la naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; las demás actividades que los socios acuerden. Duración: Cinco años, renovables automática y sucesivamente por períodos iguales al original y en las mismas condiciones, salvo que cualquiera de los socios manifestare a los otros su voluntad de no continuar con la sociedad, forma indicada escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 26 de agosto de 2021.