CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y EXPORTADORA KATALEYA LIMITADA

CVE 2000466
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de junio de 2021

Instrumento

Fecha
25 de junio de 2021
Notario
RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA
Domicilio
Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Notario Público Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Iquique, A. Pinto 555, certifico que, por escritura pública 25/06/2021, otorgada Notario Suplente CAROLINA ANDREA URRIOLA RAMOS, DEIZI VILLCA PERALTA, 18 de Septiembre 323, Iquique; y HANS PATRICIO ARÁNGUIZ NIETO, Vía 5 sitio 1, Bajo Molle, Iquique; constituyen sociedad comercial responsabilidad limitada, razón social IMPORTADORA Y EXPORTADORA KATALEYA LIMITADA, nombre de fantasía KATALEYA LTDA. Objeto sociedad importación, exportación, representación, Inversión, comercialización, compraventa, intermediación y consolidación de todo tipo de mercaderías; representación de firmas nacionales o extranjeras; y, toda otra actividad que los socios acordaren estén directa, indirecta o no relacionadas con las actividades antes relacionadas. Asimismo, podrá actuar bajo el amparo de los Sistemas de Zona Franca y/o cualquier otro régimen de excepción aduanera que se encuentre dentro del país o fuera de él. Administración sociedad y uso razón social corresponderá a ambos socios en forma separada e indistintamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representarán y obligarán con las más amplias facultades. Capital social $6.000.000.- socios aportan y enteran siguiente forma: DEIZI VILLCA PERALTA, $4.000.000.-, paga este acto, dinero efectivo, ingresa caja social, representativo 66,6% capital social; y HANS PATRICIO ARÁNGUIZ NIETO, $2.000.000.- este acto, dinero efectivo, ingresa caja social, aporte representativo 33,4% capital social. Domicilio Iquique. Duración 5 años renovables períodos iguales. Demás estipulaciones contrato extractado. Iquique, 06 de Julio del 2021.-