CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Ayun SpA

CVE 2001312
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de julio de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
5 de julio de 2021
Notario
Maria Fernanda de los Santos Ferraz
Oficio
Titular de la 27ª Notaría de Santiago de doña Maria Patricia Donoso Gomien

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

Corresponderá separada e indistintamente a Sara Luna González Astorga, Daniela González Larraín, Tomás Paulo González Astorga, Nicolás Jerónimo Yerovi Astorga y Rodrigo Simón Yerovi Astorga con las facultades y limitaciones contenidas en la escritura extractada;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Maria Fernanda de los Santos Ferraz, Notario Público Suplente del Titular de la 27ª Notaría de Santiago de doña Maria Patricia Donoso Gomien, con oficio en Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 05 de julio de 2021, ante la Titular, Daniela González Larraín, domiciliada en Antupiren 9613, Casa 21, Comuna de Peñalolen; Sara Luna González Astorga, Tomás Paulo González Astorga, Nicolás Jerónimo Yerovi Astorga y Rodrigo Simón Yerovi Astorga, todos domiciliados en Camino al Volcán número 31087, San Alfonso, Comuna de San José de Maipo, constituyeron sociedad por acciones cuyo extracto es el siguiente: Razón social: Ayun SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La compra y venta, la reserva, la comisión de pasajes terrestres, marítimos, aéreos, fluviales y lacustres, nacionales e internacionales; el estudio y realización de charters y excursiones propias y reserva, venta y comisiones de terceros, en cualquiera parte del mundo; reserva y venta de entradas o adhesiones a espectáculos artísticos y culturales, deportivos y sociales; comidas, manifestaciones, celebraciones y eventos en general; la representación o intermediación, consignaciones, compraventa y reserva de todo derecho o servicio relacionado con viajes, excursiones, hotelería y turismo, individuales y colectivos, en cualquiera parte del mundo; b) La prestación de servicios de cuidado corporal, gimnasia, mantenimiento y embellecimiento corporal, por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar establecimientos de tratamientos, de baños sauna, centros de gimnasia y/o estética, peluquerías o similares; comprar, vender, importar o producir artículos de belleza; c) Establecer, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, fuentes de soda, restaurantes, cafeterías, pastelerías, heladerías y establecimientos similares; d) La construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, hoteles, moteles, hosterías, albergues, barcos y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de té, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros; y todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo, nacional y extranjero, así como la explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares y ramos similares, en establecimientos propios o ajenos; todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades, tal como expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, la presentación de espectáculo; y e) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes a los objetos sociales previstos. Administración: Corresponderá separada e indistintamente a Sara Luna González Astorga, Daniela González Larraín, Tomás Paulo González Astorga, Nicolás Jerónimo Yerovi Astorga y Rodrigo Simón Yerovi Astorga con las facultades y limitaciones contenidas en la escritura extractada; Capital: $1.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, de una misma y única serie, íntegramente suscrito y pagado. Duración: indefinida. Demás estipulaciones en documento extractado. Santiago, 24 de agosto de 2021.