MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Constructora Iktinos Limitada

RUT 76355651-4 CVE 1999573
Capital
$12.000 CLP
Fecha instrumento
8 de agosto de 2021

Instrumento

Fecha
8 de agosto de 2021
Repertorio
3637
Notario
RODRIGO ALONSO GUTIERREZ GARCIA
Oficio
Quinta Notaria

Sociedad

Capital
$12.000 CLP

Objeto social

a) La realización de inversiones y proyectos mobiliarios e inmobiliarios, pudiendo para tales efectos adquirir y enajenar a cualquier título. Toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales; b) La construcción de toda clase de obras y edificios en predios propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros y la comercialización de esos bienes, entendiéndose dentro de estas actividades la construcción de inmuebles para uso residencial y la construcción de inmuebles para uso no residencial; c) La construcción o ejecución de proyectos de obras públicas tales como la construcción de carreteras y líneas de ferrocarril y cualquier otro proyecto de naturaleza pública o de servicio público; d) La compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento y leasing de todo tipo de vehículos motorizados, maquinarias, materiales de construcción, artículos de ferretería, gasfitería y calefacción, seas éstos propios o ajenos; e) La formación de sociedades de cualquier tipo y objeto, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas; y f) La prestación de servicios de asesoría en ingeniería y actividades relacionadas de consultoría técnica

Administración

La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por seis miembros titulares, accionistas o no, elegidos por la Junta de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO ALONSO GUTIERREZ GARCIA, Notario Público Interino, Quinta Notaria, Latorre 2398, Antofagasta, ante mí: Por escritura hoy ante mi, Repertorio 3637, CERTIFICA que: Jaka S.A.”, “Bellagio S.A.” y “Sociedad de Inversiones Supetar Limitada”, todos domiciliados en Avenida Pedro Aguirre Nº 10880, Antofagasta; acordaron transformar “Sociedad Constructora Iktinos Limitada”, RUT. 76.355.651-4, en una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Razón Social: “Constructora Iktinos SpA”. Objeto: a) La realización de inversiones y proyectos mobiliarios e inmobiliarios, pudiendo para tales efectos adquirir y enajenar a cualquier título. Toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales; b) La construcción de toda clase de obras y edificios en predios propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros y la comercialización de esos bienes, entendiéndose dentro de estas actividades la construcción de inmuebles para uso residencial y la construcción de inmuebles para uso no residencial; c) La construcción o ejecución de proyectos de obras públicas tales como la construcción de carreteras y líneas de ferrocarril y cualquier otro proyecto de naturaleza pública o de servicio público; d) La compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento y leasing de todo tipo de vehículos motorizados, maquinarias, materiales de construcción, artículos de ferretería, gasfitería y calefacción, seas éstos propios o ajenos; e) La formación de sociedades de cualquier tipo y objeto, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas; y f) La prestación de servicios de asesoría en ingeniería y actividades relacionadas de consultoría técnica. Capital: El capital de la sociedad es la suma de doce millones de pesos ($12.000.000), dividido en mil doscientas acciones (1.200) ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes valorizados en conformidad a la ley. Las acciones ya han sido pagadas por todos los socios en partes iguales por los tres socios. Administración: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por seis miembros titulares, accionistas o no, elegidos por la Junta de Accionistas. La renovación del Directorio será total y se efectuará al final de su período, cuya duración será de tres años. Los directores podrán ser reelegidos, indefinidamente, en sus funciones. Existirán además tres directores suplentes, los que podrán actuar sin orden de prelación ante la ausencia de cualquiera de los directores titulares. Las reuniones del Directorio se constituirán con la asistencia de a lo menos cuatro directores, sean titulares o suplentes, y los acuerdos se adoptarán con el acuerdo de a los menos cuatro de los directores en ejercicio con derecho a voto. En caso de empate, decidirá el voto del que presida la reunión. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Antofagasta, 8 Agosto 2021.