Emprender Capital Servicios Financieros SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de agosto de 2021
- Notario
- RAIMUNDO ESPINOZA WOOD
- Domicilio
- doña MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAIMUNDO ESPINOZA WOOD, Notario Público Suplente de doña MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 20/08/2021, Repertorio número 10.683/2021, ante mí, se redujo acta de junta extraordinaria de accionistas de EMPRENDER CAPITAL SERVICIOS FINANCIEROS SpA, celebrada con fecha 8 de julio de 2021, ante Notario Suplente ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, de la 21ª Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, que aprobó reforma estatutos sociedad, en siguiente sentido: Reemplazar el Artículo Décimo Primero de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La administración de la sociedad corresponderá a un Directorio compuesto por 6 miembros, los que serán designados por la junta de accionistas, cuya duración en sus cargos será de 2 años, al término de los cuales deberá renovarse totalmente. Los directores podrán ser reelegidos indefinidamente. La elección de los directores se hará conforme se haya estipulado en el pacto de accionistas de la Sociedad. No obstante el plazo que se haya fijado al Directorio, la Junta de Accionistas podrá revocar a los directores en cualquier tiempo, con la única limitación que cuando así lo resolviere, deberá hacerlo respecto de todos ellos conjuntamente. El Directorio deberá designar a un Presidente de entre sus miembros, y a un Gerente General, quien podrá ser director o no, fijándoles sus atribuciones y deberes. En caso de empate, tendrá voto dirimente el Presidente. La designación del Presidente tendrá como límite máximo la duración estipulada para el Directorio. En caso de vacancia de un director, el Gerente General deberá convocar a la Junta de Accionistas dentro del plazo máximo de treinta días corridos contados desde tal cesación, para que dicha junta proceda a la designación de un nuevo Directorio en la forma prevista en este artículo.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 23 de agosto de 2021.-