Instrumento
- Fecha
- 18 de agosto de 2021
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- 40ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- SANTIAGO
- Duración
- será de tres meses prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período
Administración
corresponde a DON GASTON EDUARDO ACOSTA, con las más amplias facultades señaladas en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público 40ª Notaría de Santiago, calle Teatinos Nº 332, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, don GASTON EDUARDO ACOSTA, Argentino, casado, comerciante, cédula de identidad Nº 21.253.564-8 y doña María Paulina Silva Garay, Chilena, Profesora, casada, Cedula de identidad Nº 9.087.458-6, ambos domiciliados en calle Latadia Nº 6055, comuna de las condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyen Sociedad por Acciones: "DISTRIBUIDORA ROSSO SpA". El objeto de la sociedad será el siguiente: A) Venta al por mayor de enseres domésticos b) la distribución, comercialización representación, importación, exportación de toda clase de artículos y mercaderías; c) efectuar inversiones mobiliarias; d) invertir en toda clase de bienes corporales administrarlos y percibir sus frutos; e) construir y participar o formar parte de sociedades con objetos similares de inversión; f) cualquiera otro tipo de negocio acto o contrato directa o indirectamente relacionado con las actividades antes mencionadas y que los socios consideren beneficiosos para los intereses sociales. Además de cualquier otro que determine el titular, así como la realización de cualquier otro negocio similar, que a juicio del titular o administrador, se considere conveniente para los intereses de la Empresa. Para estos efectos la Empresa podrá ejecutar y celebrar todos los actos y todos los contratos que las leyes permitan y que directa o indirectamente, tiendan a conseguir el objeto señalado. Administración: corresponde a DON GASTON EDUARDO ACOSTA, con las más amplias facultades señaladas en escritura. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. Dichas acciones se dividen A) razón de Quinientas diez acciones para GASTON EDUARDO ACOSTA, correspondientes al cincuenta y un por ciento del capital social. B) y razón de cuatrocientas noventa acciones para María Paulina Silva Garay correspondientes al cuarenta y nueve por ciento del capital social La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Responsabilidad: limitada al monto de aporte. Duración: será de tres meses prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período. Domicilio: SANTIAGO. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 18 de agosto de 2021.