Consultora y Constructora Vimar SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de abril de 2019
- Repertorio
- 1773-2019
- Notario
- VERÓNICA FABIOLA DACHELET CIFUENTES
- Domicilio
- Titular ENRIQUE ORTIZ SCHINDLER
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERÓNICA FABIOLA DACHELET CIFUENTES, Notario Público Suplente del Titular ENRIQUE ORTIZ SCHINDLER, ambos con oficio 1 Sur Nº 898 Talca, CERTIFICO: Por escritura pública suscrita hoy ante mi bajo Rep. N° 2450, don Reynaldo Eduardo Paez Abaca, abogado, domiciliado en calle 3 Oriente N°1253, Talca, extendió escritura de saneamiento por no publicación dentro de plazo del extracto de la escritura pública de fecha 19 de Abril de 2019 extendida ante el señor notario público de Los Ángeles de don Juan Mauricio Araneda Medina, repertorio N°1773-2019, por la cual se modificó la sociedad “Consultora y Constructora Vimar SpA”, RUT N° 76.474.658-9, constituida por escritura pública de fecha 17 de agosto año 2015, otorgada ante don Sergio Hidalgo Campos, Notario Público Interino de Los Ángeles ante el fallecimiento del titular don Selim Parra Fuentealba, inscrita en el Registro de Comercio a fs. 1995 N° 770 del Conservador de Bienes Raíces de Talca, año 2015, constituida por un capital inicial de $2.000.000.- ANDRÉS EDGARDO ULLOA QUINTANA, vende, cede y transfiere la propiedad sobre totalidad de las acciones de la sociedad “CONSULTORA Y CONSTRUCTORA VIMAR SpA”, a don ANGEL GONZALO PALMA PALMA, quien acepta, compra y adquiere para si. El precio de cesión es $2.000.000 de pesos, pagado al cedente en la forma indicada en escritura. En virtud de la cual queda único socio don ANGEL GONZALO PALMA PALMA y en la que se procede a modificar el estatuto de la sociedad “CONSULTORA Y CONSTRUCTORA VIMAR SpA” en el TITULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACION SOCIAL y también se modifica el Artículo Décimo en el sentido que administración de la sociedad corresponderá a don ANGEL GONZALO PALMA PLAMAS, en calidad de gerente general, con amplias facultades. En todo lo no modificado por el presente instrumento, continúan plenamente vigente los términos y condiciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura que extracto. En lo no modificado se mantienen vigente los estatutos. Talca, 16 de Agosto de 2021.