LAZAROVICH Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de agosto de 2021
- Notario
- RENE LEÓN MANIEU
- Domicilio
- Curicó
Administración
Demás cláusulas escritura extractada.Curicó, 04 de agosto de 2021
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| BÁRBARA ANDREA LAZAROVICH CICHERO casada | socio | 13305896-6 | — | — | Lo Barnechea, Metropolitana y de paso en esta |
| CONSTANZA ROCÍO LAZAROVICH CICHERO | socio | 14208392-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRENE LEÓN MANIEU, Notario Público Titular Curicó, Carmen número 487 Curicó CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 04 de agosto de 2021, ante mí, BÁRBARA ANDREA LAZAROVICH CICHERO casada, ingeniero civil, Cédula Nacional de Identidad Nº 13.305.896-6, con domicilio en Los Cactus N° 1520, depto. 114, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana y de paso en esta; CONSTANZA ROCÍO LAZAROVICH CICHERO, casada, arquitecto, Cédula Nacional de Identidad Nº 14.208.392-2, con domicilio en calle Madrid 679, Villa España, comuna de Curicó, Región del Maule; y ADRIANA MIRZA DE LAS MERCEDES CICHERO SANTOS, viuda, enfermera, Cédula Nacional de Identidad Nº 6.264.047-2, con domicilio en Avenida España N° 773, comuna de Curicó; las comparecientes chilenas, mayores de edad, en su calidad de únicas herederas de la herencia quedada al fallecimiento del socio administrador de la sociedad “LAZAROVICH Y COMPAÑÍA LIMITADA“, nombre de fantasía “Imprenta y Librería Orión Limitada”, Rut Nº 82.644.900-4 don LUIS FERNANDO LAZAROVICH ARENAS, defunción que se inscribió en el registro respectivo, bajo el número 115, del mismo año, de la circunscripción de Santiago, y conforme a lo dispuesto en los instrumentos citados en la cláusula primera de la escritura, los socios acordaron que, en caso de fallecimiento del socio administrador, la administración representación y uso de la razón social correspondería al socio sobreviviente; debiendo en tal caso los herederos del socio fallecido designar un procurador común que los representara, quien no tendría en caso alguno la administración de la sociedad; vienen en designar como procurador común para que los represente en la sociedad “LAZAROVICH Y COMPAÑÍA LIMITADA” a doña BARBARA ANDREA LAZAROVICH CICHERO.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Por el presente acto e instrumento, teniendo especialmente en consideración lo expuesto en las cláusulas precedentes, los comparecientes dejan expresa constancia, ratifican y aceptan, que la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad “LAZAROVICH Y COMPAÑÍA LIMITADA”, corresponde a la socia sobreviviente doña Constanza Rocío Lazarovich Cichero, con las más amplias facultades, conforme a lo dispuesto en los citados instrumentos en la cláusula primera de la presente escritura, dejando además constancia expresa que la administradora en el desempeño de sus facultades, en nombre y representación de la sociedad, y anteponiendo su firma a la razón social, y sin que esta enumeración sea taxativa, enumera sus facultades de administración. Demás cláusulas escritura extractada.Curicó, 04 de agosto de 2021.-