MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

KAPACITACCION CONSULTORES Y ASOCIADOS LIMITADA

RUT 76139093-7 CVE 1998577
Fecha instrumento
30 de julio de 2021

Instrumento

Fecha
30 de julio de 2021
Repertorio
1853-2021
Notario
DIEGO MATÍAS TELLO PÉREZ
Oficio
Sexta Notaría de esta ciudad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DIEGO MATÍAS TELLO PÉREZ, Abogado, Notario Público de la Sexta Notaría de esta ciudad, Suplente del Titular don ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, certifico: Por escritura pública Repertorio N° 1853-2021, de fecha 30 de Julio de 2021, ante mí, ANA CRISTINA GALLO CARCAMO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, dueña de casa, cédula nacional de identidad número diecisiete millones novecientos cuarenta y siete mil novecientos sesenta y cuatro guión ocho, domiciliada para estos efectos en Pedro León Carmona, número tres mil ochenta y tres, Sector san Joaquín, de la ciudad y comuna de La Serena; por sí y en representación, según se acredita de doña PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, chilena, soltera, terapeuta ocupacional, cedula nacional de identidad número once millones quinientos veintitrés mil cuatrocientos setenta guión seis, domiciliada para estos efectos en calle Cerro Colorado número tres mil setecientos sesenta y seis, de la ciudad y comuna de Iquique; y don MANUEL FERNANDO THENOUX CIUDAD, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número siete millones setecientos treinta y tres mil novecientos doce guion cero, domiciliado en Pedro León Carmona, número tres mil ochenta y tres, Sector san Joaquín, de la ciudad y comuna de La Serena; quienes me acreditaron su identidad con la cedula referida y exponen, que por escritura pública de fecha veintiséis de Julio del año dos mil diez, otorgada ante el notario público, suplente del titular don OSCAR FERNANDEZ MORA, de la ciudad de La Serena, don PEDRO CEFERINO ESCANDON ORELANA, se constituyó la sociedad “KAPACITACCION CONSULTORES Y ASOCIADOS LIMITADA”, que gira también bajo el nombre de fantasía de “KAPACITACCION LIMITADA”, Rol único Tributario número setenta y seis millones ciento treinta y nueve mil noventa y tres guión siete, la cual se inscribió a fojas novecientos diecisiete, número quinientos sesenta y cuatro del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de La Serena, correspondiente al año dos mil diez.- que conforme da cuenta la escritura de constitución de la sociedad, son sus únicos socios las señoras: doña ANA CRISTINA GALLO CARCAMO, a quien le corresponde un cincuenta por ciento de derechos en el haber social, doña PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, a quien le corresponde un cincuenta por ciento de derechos en el haber social.- Cesión de derechos: Por el presente instrumento, doña PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, viene en vender, ceder y transferir la totalidad de los derechos que le corresponden en el haber social, al señor MANUEL FERNANDO THEOUX CIUDAD, en los términos y condiciones que pasan a expresarse: Doña PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, vende, cede y transfiere a través de su representante ya individualizada en la comparecencia, a don MANUEL FERNANDO THENOUX CIUDAD, quien compra, adquiere y acepta, la totalidad de los derechos de que el cedente es dueño en la sociedad, porcentaje que equivale al cincuenta por ciento del total del haber social. El precio de la cesión es la suma de dos millones de pesos, que el cesionario, paga con anterioridad a éste acto en dinero efectivo al cedente, quien a través de su mandataria, declara haber recibido dicha suma con anterioridad al acto a su entera y total satisfacción, sin tener cargo ni reclamo alguno que formular por este concepto, dándose en consecuencia por pagado íntegramente el precio de esta cesión.- que en virtud de las cesiones de que se da cuenta en la cláusula anterior, se retira de la sociedad doña PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, para todos los efectos legales a que haya lugar.- En virtud de la cesión de que dan cuenta las clausulas precedentes, quedan como únicos socios de la Sociedad los señores: ANA CRISTINA GALLO CARCAMO, a quien le corresponde un cuarenta por ciento de derechos en el haber social y don MANUEL FERNANDO THENOUX CIUDAD, a quien le corresponde un sesenta por ciento de derechos en el haber social. En su condición de únicos socios de la sociedad, vienen en señalar se mantienen las facultades de administración y de uso de la razón social de manera conjunta o separada, por lo que ambos socios tienen plenas facultades de administración, siendo sus actos plenamente válidos.- Demás estipulaciones constan escritura extractada.- La Serena, 30 de Julio del año 2021.-