Inmobiliaria e Inversiones TLL Limitada
Instrumento
- Fecha
- 13 de agosto de 2021
- Repertorio
- 14756-2021
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $359.883.772 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Inversiones Las Rosas Limitada | socio | 78316820-0 | — | — | |
| Inversiones DDH Limitada | socio | 76186798-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado, Notario Público, titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 13 de agosto de 2021, Repertorio N°14.756-2021, ante mí, Inversiones Las Rosas Limitada, RUT N°78.316.820-0, e Inversiones DDH Limitada, RUT N°76.186.798-9, ambos domiciliados en Panamericana Norte N°5315, comuna de Conchalí, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “Inmobiliaria e Inversiones TLL Limitada”, en adelante también “la Sociedad”, RUT N°76.421.640-7, inscrita a fojas 45.901 número 32.690 del Registro de Comercio de Santiago del año 2005. Los socios acordaron aumentar el capital de la sociedad, de $359.883.772, que es actualmente, a la suma de $649.883.772. El aumento, de $290.000.000, se aportó y pagó íntegramente en el mismo acto por Inversiones Las Rosas Limitada, mediante la capitalización del crédito que tiene contra la Sociedad a su valor nominal. En consecuencia, se modificó el artículo sexto del estatuto referido al capital, el que queda como sigue: “SEXTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $649.883.772, íntegramente suscrito y pagado y distribuido entre sus socios en las siguientes cantidades y proporciones: a) Inversiones Las Rosas Limitada, con $649.881.795, equivalentes al 99,9997% del total de los derechos sociales; e b) Inversiones DDH Limitada, con $1.977, equivalente al 0,0003% del total de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 18 de agosto de 2021.