Instrumento
- Fecha
- 28 de julio de 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAnte mi CAROLINA ISABEL ADAOS VALENZUELA, abogado, Notario Interino de la Primera Notaría de la Agrupación de comunas de Ovalle, Punitaqui, Monte Patria y Río Hurtado, domiciliado en esta ciudad, calle Vicuña Mackenna número trescientos setenta, oficina tres -E; por escritura pública de fecha 28 de Julio del año 2021, Don SERGIO ALFREDO RIQUELME GALLARDO, chileno, divorciado, contador, cedula nacional de identidad número nueve millones doscientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y seis - cinco, domiciliado en calle Pedro de Valdivia numero dos mil doscientos setenta y cuatro, Departamento ciento tres, Providencia, Santiago, y de paso en esta, don MARCELO DARIO RIQUELME GALLARDO, chileno, soltero, factor de comercio, cedula nacional de identidad número nueve millones setecientos veinticinco mil novecientos cincuenta y uno - ocho, domiciliado en Víctor Domingo Silva numero doscientos dieciséis, Villa Potrerillos, ciudad y comuna de comuna Coquimbo, de paso en esta, y don JUAN PABLO RIQUELME GALLARDO, chileno, soltero, factor de comercio, cedula nacional de identidad once millones doscientos veintidós mil cincuenta - K, domiciliado en Pasaje Alfonso Juan Oliver número mil trescientos veintiuno, Villa el Sauce, de la ciudad y comuna Coquimbo, y de paso en esta, constituyeron una sociedad por acciones, cuyo objeto será explotación del rubro inmobiliario en cualquiera de sus formas, por cuenta propia o de terceros, incluyendo, pero no limitando, a la compra, venta, permuta, arriendo, fusión, subdivisión, equipamiento y administración de inmuebles urbanos o rurales. Se incluye en el objeto social todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto principal. La razón social “SOCIEDAD INMOBILIARIA DOÑA ANA SPA”, y la administración y el uso de la razón social corresponderá a don SERGIO ALFREDO RIQUELME GALLARDO, don MARCELO DARIO RIQUELME GALLARDO y a don JUAN PABLO RIQUELME GALLARDO, quienes actuando en forma conjunta, la representará con las más amplias facultades. El domicilio de la sociedad será la comuna de Ovalle, La duración será indefinida a contar desde la fecha de la presente escritura de constitución. No será obligatorio celebrar juntas de accionistas mientras las acciones pertenezcan a cuatro o menos socios, La sociedad no se disolverá por pertenecer todas las acciones a una misma persona, Se prohíbe a los socios transferir las acciones de la sociedad a terceros sin previamente haberlas ofrecido en venta a los socios restantes. El capital y aporte social es de ciento cincuenta millones de pesos, dividido en ciento cincuenta acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, se suscribe y paga en este acto por los socios constituyentes, mediante el aporte en dominio, en partes iguales, de los siguientes inmueble: A) Una casa y Sitio ubicados en calle Libertad de esta ciudad, Comuna de Ovalle, Provincia de Limari, Cuarta Región y que deslinda: al Norte, con calle Libertad y propiedad de dolores Galleguillos; por el Sur, con propiedad que fue de la vendedora, hoy de doña Elvira Araya viuda de Urquieta; por el Oriente, con otra que fue de doña Dolores Galleguillos, hoy de don Guillermo Stephens y al Poniente, con otras que fueron de don José Domingo Sagues, hoy de la Sucesión Macuada. El dominio rola inscrito a fojas ochocientos sesenta y dos número mil cinco, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle, correspondiente al año dos mil trece. Rol de Avalúo número ochenta y siete - once. Aporte que los socios valoran en la cantidad de cien millones de pesos. B) La propiedad ubicada en esta ciudad, calle Independencia número seiscientos cincuenta y dos y corresponde al Lote cuatro del plano respectivo, comuna de Ovalle, Provincia de Limari, Cuarta Región y que deslinda: al Sur, nueve metros sesenta centímetros, con Lote número tres adjudicado a don Oscar López Godoy, al Norte, en nueve metros sesenta centímetros, con calle Independencia, al Poniente, en veintiún metros veinte centímetros, con Lote Cinco, adjudicado a don Mario Castex Artal y al Oriente, en veintiún metros ochenta centímetros con Lote número Tres, adjudicado a don Oscar López Godoy. El dominio rola inscrito a fojas ochocientos sesenta numero mil tres en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle, correspondiente al año dos mil trece. Rol de Avalúo número ciento cuatro – seis. Aporte valorado en la cantidad de cincuenta millones de pesos. Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios en la proporción que les corresponda de acuerdo a su participación en el capital social.Demás estipulaciones en escritura extractada. Ovalle, 28 de Julio de 2021.